Usted está aquí: lunes 12 de enero de 2009 Política Dos marinos portadores de VIH permanecerán en activo: Semar

■ Por instrucción presidencial acata recomendación de la CNDH

Dos marinos portadores de VIH permanecerán en activo: Semar

De la redacción

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó que la Secretaría de Marina, por instrucción presidencial, tuvo que acatar la recomendación 45/2008 que había rechazado hace tres meses, por lo que se decidió que los dos marinos portadores de VIH-sida sujetos a procedimiento de baja y retiro, permanezcan en el servicio activo con pleno goce de todos sus derechos.

Por medio de un comunicado de prensa, la CNDH refiere que el primero de diciembre pasado, el ombudsman nacional, José Luis Soberanes Fernández, y los integrantes del Consejo Consultivo de esa instancia dirigieron al presidente Felipe Calderón una solicitud para que “el personal castrense portador de VIH no sea retirado del servicio activo, en congruencia con las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Derecho Internacional Humanitario para recibir la atención médica requerida”.

La CNDH refiere que al conocer de la recomendación 45/2008 y de la solicitud que le fue dirigida, el jefe del Ejecutivo federal instruyó al secretario de Marina la revisión del caso. En su respuesta al Presidente la Semar notificó que uno de los servidores públicos a los que se refiere dicha recomendación “aún no había sido separado del servicio activo y, respecto del otro, ordenó anular el procedimiento de baja y retiro”.

En el comunicado de prensa la CNDH señala que reconoce “la sensibilidad del jefe del Ejecutivo federal respecto de este asunto, que debe sentar precedente para la atención de la pandemia entre elementos de las fuerzas armadas”, dicha acción, sostiene, es congruente con la legislación vigente en la materia y con los instrumentos internacionales firmados por México.

El fallo de la Corte

Recuerda la CNDH que el 11 de septiembre pasado emitió la recomendación referida, la cual fue rechazada por la Secretaría de Marina mediante oficio que se recibió el 26 de septiembre pasado.

Señala que respecto a los militares portadores del VIH, el 27 de febrero de 2007 el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró inconstitucional la causal de retiro por ese motivo, bajo la aprobación de su tesis jurisprudencial 131/2007, de fecha 15 de octubre de 2007, que refiere: “El artículo 226, segunda categoría, fracción 4, de la ley del instituto relativo, que prevé la causa legal de retiro por inutilidad basada en la seropositividad a los anticuerpos contra el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), viola el artículo 1 de la Constitución Federal”.

En la recomendación 45/2008 la CNDH solicitó al secretario de Marina, almirante Francisco Saynez Mendoza, que instruya la reparación de los daños morales y materiales a los afectados por la responsabilidad institucional en que se incurrió; dejar sin efecto los procedimientos de retiro, elaborar dictámenes clínicos sobre el avance del padecimiento y practicar los exámenes para valorar aptitudes físicas y mentales, para así resolver sobre la conveniencia de la reubicación de los dos marinos.

 
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