■ Siguen pendientes reformas a la legislación secundaria que limitan y precisan sus tareas
Pese a lagunas legales, hoy entran en funciones los jueces de control
■ Los juzgadores trabajarán en la ciudad de México 24 horas continuas y descansarán 48
Este día iniciarán trabajos los seis “jueces de control” del Poder Judicial de la Federación, a pesar de que juzgadores federales han señalado que existen lagunas jurídicas y legales que impiden precisar sus “funciones exclusivas”, como la de autorizar por Internet, teléfono o fax desde órdenes de aprehensión, cateos, arraigo y aseguramiento de bienes hasta de intervención de comunicaciones en casos vinculados con delincuencia organizada.
Como La Jornada ha publicado, jueces federales han señalado que dentro del paquete de reformas penales a la Constitución –aprobados en marzo de 2008, y en el que se incluyó la nueva figura “de control”– está pendiente modificar la legislación secundaria para delimitar y precisar la actuación de juzgadores, agentes del Ministerio Público, policías y personal operativo en materia de arraigo, cateos e intervenciones telefónicas relacionadas con el crimen organizado.
En su momento se pronunciaron por que la Procuraduría General de la República “fundamente y motive” las ampliaciones de arraigo de 40 a 80 días en investigaciones que tengan que ver con delitos graves, dado que a veces “ni siquiera realizan diligencias relacionadas con los presuntos delincuentes”.
Externaron además que los jueces de control deben contar con las herramientas necesarias para evitar que el Ministerio Público actúe sin tomar en cuenta los derechos humanos de los presuntos delincuentes, y reconocieron que su número de seis es insuficiente.
Los consejeros de la judicatura originalmente previeron que fueran entre 10 y 12 los jueces federales; sin embargo, consideraron que seis juzgadores “de garantías” serán suficientes para atender la nueva fiscalía dedicada al combate de la delincuencia organizada.
El nombramiento de los “jueces de control” tuvo lugar con base en su experiencia en la resolución de cateos y arraigos; ocuparán el cargo por seis meses, al término de los cuales serán relevados por igual número de juzgadores.
Los restantes juzgadores penales distribuidos en los 30 circuitos jurisdiccionales en que se divide el país fungirán como jueces de “vinculación a proceso” y de “revisión de sentencias”, lo que supuestamente permitirá a los funcionarios del Poder Judicial de la Federación desahogar juicios y dictar sentencias de primera instancia en un tiempo aproximado de seis meses.
Los juzgados operarán en la ciudad de México y sus titulares trabajarán 24 horas continuas por 48 de descanso. En naciones como Colombia, Chile y Costa Rica la figura de “jueces de control” opera desde hace varios años y su función es mantener un nexo estrecho con las fiscalías. En México este esquema se incluyó en la Constitución en marzo del año pasado, como parte del paquete de reformas penales aprobado por el Congreso de la Unión.
Con la presencia del procurador, Eduardo Medina Mora, el presidente de la Corte de Justicia y del Consejo de la Judicatura Federal, ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, presidirá la instalación de los juzgados penales federales especializados en medidas cautelares y precautorias.