Usted está aquí: martes 4 de noviembre de 2008 Política PAN: “insostenible”, la sentencia en que lo multan por los promocionales del CCE

■ La directiva del blanquiazul adelanta que interpondrá un recurso de apelación

PAN: “insostenible”, la sentencia en que lo multan por los promocionales del CCE

Ciro Pérez Silva

La dirigencia nacional del PAN anunció ayer que recurrirá la resolución del pasado 29 de octubre de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que se determina que el PAN, el PRI y el Partido Verde deben ser sancionados por los promocionales difundidos por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) durante el proceso electoral de 2006, por apartarse de criterios relevantes sostenidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y traer consigo “serias consecuencias para la libertad de expresión de los ciudadanos”.

En conferencia de prensa, el presidente del blanquiazul, Germán Martínez Cázares –acompañado por Fernando Gómez-Mont, miembro del Comité Ejecutivo Nacional panista, y Roberto Gil, director jurídico y representante del PAN ante el Instituto Federal Electoral–,  adelantó que aunque respetarán la resolución y por tanto cualquier opinión de la SCJN, ésta no surtirá efectos sobre dicha sentencia en particular. Añadió que el fallo “es cuestionable desde el punto de vista de su congruencia, así como de sus implicaciones”, aunque evitó pronunciarse sobre el hecho de que el CCE violó la ley, lo que habría resultado en un beneficio directo al candidato presidencial panista.

Recordó que la sentencia ordena que se sancione a un conjunto de partidos por no haber alertado a la autoridad electoral federal a efecto de enjuiciar los promocionales del CCE. “Sin embargo, el TEPJF nada dice sobre el hecho de que el PRD –partido afectado por los promocionales del CCE– denunció esos mensajes 162 días después de su última transmisión”, dijo.

Martínez Cázares enfatizó que la sentencia es insostenible, además, “por la sencilla razón de que la autoridad electoral estaba en plena posibilidad de actuar de oficio, es decir, el IFE no requería de denuncia de partido alguno para proceder en ese caso”. Mencionó que es criterio reiterado de la SCJN que una persona sólo puede ser responsable por la conducta de otra si tenía el poder para evitar esa conducta o sus resultados.

En este caso, explica, el poder de ordenar la suspensión de esos promocionales estaba en manos de la autoridad, no así de los partidos políticos, por lo que lo resuelto por el TEPJF equivale a afirmar “que los ciudadanos tienen el deber de prevenir y de perseguir el delito, por encima de los policías y el Ministerio Público”.

Agregó que la sentencia en cuestión incorpora un precedente sumamente preocupante: a partir de esta resolución, los partidos políticos serán responsables de actos de terceros, aun cuando éstos estén vinculados a otros partidos, además de que “debilita seriamente a la libertad de expresión, en contravención a nuestra Constitución, a tratados internacionales y a precedentes relevantes de la SCJN.

“En su sentencia, el TEPJF impone a los partidos el deber de evitar que terceros, con los que no tienen ninguna relación, violen la ley al manifestar sus ideas, críticas u opiniones.”

Informó que el PAN acudirá ante la SCJN, por la vía de la contradicción de tesis establecida en el artículo 99 constitucional, para que este cuerpo colegiado “declare la inaplicabilidad para casos futuros de ese lamentable precedente.

“Hacemos un llamado al IFE y al resto de los partidos políticos para que se unan a este recurso ante la SCJN.”

Una vez que el IFE acate la resolución, agregó la dirigencia panista, se interpondrá recurso de apelación contra la sanción, “con el propósito de que el tribunal rectifique ese criterio antilibertario”. Esta medida, apuntó, tiene el propósito de “evitar que la campaña de 2009 se convierta en un permanente y lamentable litigio de cada expresión ciudadana”.

 
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