Usted está aquí: domingo 4 de mayo de 2008 Sociedad y Justicia La vida y los valores

José Luis Soberanes Fernández

La vida y los valores

En relación con el artículo de José Blanco acerca de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el suscrito ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mucho apreciaré se sirva disponer la publicación de las siguientes consideraciones para conocimiento del autor y los lectores.

Agradezco al maestro Blanco su cuidadoso artículo. Un diálogo de ciencia y de razones es lo que siempre he tratado de promover. Me alegra que exponga sus argumentos sin caer en descalificaciones ni conclusiones apresuradas. Con el afán de continuar con esa dialéctica democrática, me gustaría contestar sus principales afirmaciones.

Señala que pretendo sustituir la palabra persona por la palabra ser humano. Sin embargo, de la lectura de mi artículo se desprende que defiendo la vida humana y no al ser humano o a la persona humana. Este alegato, en específico, lo fundo en el concepto vida y en la defensa del núcleo esencial de ésta.

Sostiene don José que la unión de un óvulo y un espermatozoide no da lugar a vida humana, sino a una célula. Hasta donde aprendí en la escuela y hasta donde he investigado, la célula es la unidad básica de la vida. Sin células no hay vida. Desde que Theodor Schwann y Matthias Schleiden postularon, alrededor de 1830, que las células son la base fundamental de la vida, nadie había sostenido lo contrario, hasta el 29 de abril de 2008, cuando fue aprobada una legislación local cuya constitucionalidad está siendo impugnada.

Una célula producto de la unión del óvulo y el espermatozoide no es una célula vegetal ni animal, sino una célula humana. Al tener ADN humano, es –por tanto– vida humana. Así de sencillo. Como prueba de esta afirmación ofrezco la evidencia suficiente de millones de seres humanos que existen o han existido: todos ellos salieron de la unión de un óvulo y de un espermatozoide humanos, no de una rana ni de un elote o de cualquier otra forma de vida.

Se me puede decir que la Constitución no puede proteger simples células. Es cierto, no todas las células humanas están constitucionalmente protegidas, pues también estarían resguardados el pelo y las uñas, que son básicamente células humanas. Lo que la Constitución tutela es el núcleo esencial de la vida humana, esto es, el conjunto de células sin las cuales no puede existir un hombre. Las células que no forman parte de éste sí son disponibles, por eso se permite la donación de órganos entre vivos, siempre y cuando no se trate de células o conjuntos de células necesarias para la vida del donante.

El núcleo esencial de la vida humana, en el caso del producto de la concepción, es el embrión. Sin este conjunto de células, por pocas que sean, no puede existir esa forma de vida humana distinta a la que lo originó. Por tanto, el embrión está constitucionalmente protegido al ser el núcleo esencial de la vida humana del concebido.

El maestro Blanco cita un documento del papa Wojtyla, en el cual el ex líder del catolicismo se pronuncia en contra del aborto. El autor asume que si el papa y un servidor coincidimos en la conclusión, es porque me fundo en él. Ese argumento es falaz. El coincidir en una conclusión no equivale a compartir sus argumentos.

Además, una comparación entre lo que dice el papa y lo que afirmo desvirtúa el razonamiento en comento. La premisa mayor de mi alegato es la Constitución, la menor la ciencia y mi conclusión la inconstitucionalidad de la reforma legal. En cambio, el argumento de Wojtyla usa como premisa mayor el decálogo, como premisa menor la fe y como conclusión el pecado del aborto.

Aceptar el razonamiento que don José me atribuye podría llevar a conclusiones tales como la de afirmar que la Constitución mexicana, al reconocer el principio de solidaridad, actúa por convicciones religiosas, pues la doctrina social cristiana reconoce ese mismo valor. O bien a sostener que el Código Penal del Distrito Federal, que prohíbe el robo, se basa en supersticiones del decálogo.

El caso es que existen valores democráticos que trascienden las religiones, como la propiedad y la vida. Esos valores son la única brújula que ha guiado mi actuación al interponer la demanda de inconstitucionalidad de una ley local.

 
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