Usted está aquí: martes 8 de abril de 2008 Capital Descartan que puedan prosperar amparos contra la ley antitabaco

■ Ejercer un derecho no implica afectar a terceros: Elisur Arteaga

Descartan que puedan prosperar amparos contra la ley antitabaco

■ Para que proceda se tiene que demostrar que se es fumador, señala

Alejandro Cruz Flores

Ampliar la imagen Ayer entró en vigor el reglamento de la ley antitabaco en la ciudad de México Ayer entró en vigor el reglamento de la ley antitabaco en la ciudad de México Foto: María Meléndrez Parada

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y el Congreso de la Unión tienen la facultad de decidir donde se puede o no fumar, ya que una de sus obligaciones es legislar con vistas a proteger la salud de los ciudadanos, afirmó el abogado constitucionalista Elisur Arteaga Nava.

En entrevista sobre la eventual presentación de amparos contra la Ley de Proteccón a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal, Arteaga Nava señaló que aunque se puede argumentar que la norma es discriminatoria y que el acto de fumar no significa un acto delictivo, está en duda que estos recursos tengan éxito, porque “el ejercicio de un derecho no puede implicar un perjuicio a terceros”.

Al señalar que las autoridades deben impedir las afectaciones que el fumar en espacios cerrados tiene en detrimento de los no fumadores, el doctor en derecho constitucional dijo que la obtención de un amparo contra la aplicación de la citada norma dependerá del trabajo que realice el abogado para su obtención.

“Uno de los requisitos que se deben de cuidar al momento de solicitar el amparo es la acreditación del interés jurídico –aspecto que se descuida comúnmente–, es decir, se debe demostrar que se es fumador”, porque de lo contrario, si el juez en cuestión se percata de que no se acredita el interés jurídico, el amparo no procederá.

Otro aspecto importante, agregó, Elizsur Arteaga, es que la Ley de Proteccón a la Salud de los No Fumadores en el Distrito Federal “no es autoaplicativa, o sea que el interesado tiene que presentar el recurso luego de que alguien le intente aplicar la ley”.

En el caso de que se interpongan estos amparos, como han promovido los diputados de la Coalición Socialdemócrata de la ALDF, el académico de la Universidad Autónoma Metropolitana indicó que podría darse el caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidiera atraer esos recursos jurídicos.

De ser así, “habrá que ver que humor tiene la Corte con respecto al Gobierno del Distrito Federal, porque últimamente (la Corte) ha actuado de manera política”, pero en el plano estrictamente jurídico, consideró el abogado constitucionalista, el fallo debería ser declarar la constitucionalidad de la ley.

Cabe recordar que el pasado 3 de abril, cuando entró en vigor la llamada ley antitabaco, un grupo de alrededor de 150 ciudadanos acudió a las escalinatas del edificio de la ALDF, donde los diputados Jorge Carlos Díaz Cuervo y Enrique Pérez Correa, de la Coalición Socialdemócrata, instalaron una mesa para asesorar a quienes quisieran ampararse contra la aplicación de esa ley.

De interponerse el recurso y obtener una suspensión provisional, el amparado podría fumar en cualquier establecimiento comercial, reconoció Arteaga Nava, aunque aclaró que esto sólo operaría de manera individual y no colectiva.

 
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