■ Un juez federal determina que no suprime ninguno de sus derechos y prestaciones
Segundo revés judicial para burócratas que impugnan la nueva Ley del ISSSTE
■ Confirma la inconstitucionalidad de sólo dos artículos, 20 y 25, del ordenamiento
Ampliar la imagen Hasta el 25 de febrero pasado se habían admitido a trámite 146 mil 478 demandas de amparo promovidas por 178 mil 316 quejosos, según cifras del Consejo de la Judicatura Federal. Imagen de archivo de las mesas instaladas en el Palacio de Justicia Federal Foto: Roberto García Ortiz
El juez federal José Manuel Villeda avaló, por segunda ocasión, la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), al considerar que no afecta ni suprime ninguno de los derechos y prestaciones de los burócratas, y únicamente confirmó la inconstitucionalidad de los artículos 20 y 25 del ordenamiento.
Eduardo Miranda Esquivel, presidente de la Unión de Juristas de México y representante legal de cientos de burócratas inconformes con la ley, informó a La Jornada que el pasado viernes fue notificado de la determinación del juez especial a cargo de la mayor parte de los amparos contra la norma, quien rechazó la mayoría de los argumentos que se han presentado en más de 167 mil demandas.
“El juzgador no consideró la opinión coincidente de peritos, incluyendo el oficial designado por el juez Villeda, de que esta ley desaparece derechos y disminuye prestaciones, como jubilación, pensión dinámica, indemnización global, el concepto integral de salario básico, e incrementa la cantidad de años de cotización y edad en que los trabajadores pueden retirarse, en perjuicio de éstos”, puntualizó el litigante.
Eduardo Miranda precisó que el juez, al resolver los amparos 01/2007 y 101/2007, determinó que el ordenamiento cuestionado “no afecta substantivamente el sistema de pensiones del ISSSTE, toda vez que no se vulnera ninguna garantía constitucional”, aunque el juzgador reconoce que el citado ordenamiento “afecta la economía de los trabajadores al servicio del Estado”.
La resolución de este fin de semana fue en el mismo sentido de la que emitió en enero pasado bajo el expediente de amparo 57100/2007, en la cual consideró que “lo dispuesto en las normas que se combaten no modifican o afectan derechos adquiridos o supuestos jurídicos y las consecuencias de éstos, que nacieron bajo la ley vigente hasta el 31 de marzo de 2007”.
Entonces, igual que ahora, Villeda afirmó que no se violó la garantía de no aplicación retroactiva de la ley al modificar el sistema de jubilaciones, pues los trabajadores sólo tenían una expectativa de retirarse bajo ciertas condiciones, pero no tenían un derecho adquirido, porque aún no cotizaban todos los años necesarios.
La resolución no es definitiva y será impugnada en los próximos 10 días hábiles mediante un recurso de revisión que seguramente llegará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), refirió el jurista.
De esta forma, los criterios definitivos sobre el tema los fijará la SCJN. Los burócratas tienen hasta el 30 de junio para elegir si se quedan en el régimen anterior o migran al llamado Pensionissste, opción en la cual recibirían un bono en su cuenta de retiro.