Usted está aquí: lunes 18 de febrero de 2008 Política México dice adiós a su tradición de asilo y deviene en tierra de rechazo

Acepta sólo 20 de cada 100 solicitantes, a quienes trata como migrantes, dice ONG

México dice adiós a su tradición de asilo y deviene en tierra de rechazo

Vacío legal propicia que funcionarios públicos orillen a refugiados a desistir, señala Sin Fronteras

Gobernación niega presiones e insta a exponer los casos detectados

Fabiola Martínez /I

México, que por décadas fue reconocido por su tradición de asilo, en los últimos años ha consolidado una tendencia de bajo nivel de aceptación de quienes afirman ser víctimas de violencia en sus lugares de origen.

Si bien ya no existen solicitudes colectivas que buscan el amparo en este país (como ocurrió, por ejemplo, con ciudadanos sudamericanos o centroamericanos en las décadas de los setenta y ochenta), actualmente el gobierno mexicano sólo aprueba 20 de cada cien peticiones individuales de este tipo.

Nivel bajo si se consideran las tasas de casi 50 por ciento de anuencia que mantienen países de la región.

De acuerdo con datos del Alto Comisionado de Naciones Unidas para Refugiados (ACNUR), sustentados con las estadísticas de cada país, Costa Rica aceptó 55.5 por ciento de las solicitudes, Venezuela casi 45 por ciento, Ecuador 47 por ciento y Estados Unidos 50 por ciento.

Al reducido nivel de México (reconocimiento de 20.9 por ciento de las peticiones) se agrega que, pese a los compromisos internacionales asumidos en favor de los refugiados, el país aún no cuenta con una normatividad específica en la materia.

Las deliberaciones se realizan con base en acuerdos administrativos internos (sin rango de ley) y a partir del análisis de funcionarios de las secretarías de Gobernación y Relaciones Exteriores, integrantes del llamado Comité de Elegibilidad, grupo especial para estudiar las solicitudes individuales de refugio.

En los hechos, esta circunstancia es considerada por grupos civiles como un proceso de veredicto discrecional y, como advierte la organización no gubernamental Sin Fronteras, “(los refugiados) son tratados en México como migrantes, olvidando el espíritu de protección de la figura de asilo”.

De marzo de 2002 a diciembre de 2007, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), dependiente de Gobernación, recibió 2 mil 127 peticiones y otorgó respuesta satisfactoria en sólo 446 casos.

Cadena de abusos

Sin Fronteras advierte que la ausencia de una legislación específica en materia de asilo da lugar a “una cadena de violaciones a derechos humanos de la población refugiada”, incluida “detección de solicitantes” por funcionarios públicos, quienes buscan orillar a los extranjeros a desistir.

“Nos enfrentamos a una población pequeña (de refugiados) con muchas necesidades de atención y, a la vez, con la falta de políticas y programas. Nos preocupa también que existe un nivel alto de desistimientos y muchos de estos casos se deben a que las personas son desinformadas e incluso incentivadas a desistir por las propias autoridades migratorias”, advirtió Karina Arias, coordinadora de vinculación y promoción de Sin Fronteras.

De acuerdo con estadísticas de esta organización, durante 2005 y 2006 sólo 17.5 por ciento del total de solicitudes fueron aceptadas; 25.2 rechazadas y hasta 57.2 por ciento de los casos fueron cerrados por desistimiento (el solicitante manifiesta su voluntad de no continuar) o por abandono del trámite.

Dijo también que hay un “limbo” jurídico en lo que se refiere a la garantía de libertad, pues muchos de los migrantes (40 por ciento, según los cálculos oficiales) formulan la petición desde alguna estación migratoria en la que se hallan asegurados y, durante el proceso, el solicitante de asilo debe estar a disposición del Instituto Nacional de Migración (INM), lo que se traduce en una restricción de tránsito por “métodos no especificados”.

Katya Somohano, coordinadora general de Comar, reconoce la ausencia de una normatividad específica en la que se sustente el proceso de análisis que lleva al reconocimiento o no de la calidad de refugiados, aunque –afirma– se aplican criterios de facto, con base en los parámetros internacionales en la materia.

“Efectivamente, hemos reconocido que hace falta reformar y vigorizar el marco jurídico en materia de refugio”, señaló en entrevista.

A escala doméstica, la autoridad opera a partir de una circular firmada conjuntamente entre la Comar y el INM, en noviembre pasado, para garantizar los derechos básicos de los asilados, cuyos principios –avalados por México– se refieren a la no devolución, no discriminación, búsqueda de la unión familiar y la difusión de los valores de solidaridad.

“(La circular conjunta) es un abecé, un paso a paso de cómo se lleva a cabo el procedimiento; esto, desde luego, lo hacemos como un régimen de transición en lo que contamos con una legislación de avanzada. (...) Por ello (el proceso) no es discrecional porque se debe encuadrar en los supuestos de ley”, comentó.

Desde marzo de 2002, fecha en que el gobierno de México reconoce la condición individual de refugiado, el Comité de Elegibilidad analiza las entrevistas a los solicitantes de asilo y prepara un informe con una recomendación preliminar.

Cuando son casos positivos (de aceptación) se presentan los datos del solicitante al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) para verificar la información proporcionada por los interesados, a fin de investigar posibles antecedentes criminarles.

Sin Fronteras y representantes del ACNUR fungen como asesores técnicos en asilo y derechos humanos, pero no participan en la decisión última del comité.

De acuerdo con análisis e investigaciones de Sin Fronteras, tampoco se emite un documento al solicitante en el cual se funde y motive la resolución del comité.

Escasos reclamos

Somohano comentó que los reclamos –vía amparo– para tratar de revertir las decisiones del comité son escasos (tres en 2007, por ejemplo) y que 40 por ciento de las solicitudes de asilo no llegan a término porque los interesados abandonan los casos.

El resto de los asuntos (en la diferencia entre las 2 mil 127 solicitudes y las 446 reconocimientos de refugio) incluyen “relatos inconsistentes” y la no acreditación de causales de persecución, aseguró.

La funcionaria negó el señalamiento de Sin Fronteras relativo a acciones de empleados públicos que buscarían incidir en los extranjeros para que desistan de la solicitud; sugirió a esta organización civil que exponga los eventuales casos que haya detectado.

Sin embargo, Somohano admite que los métodos ad hoc y las circulares internas, de tipo administrativo, son alternativas en la víspera de la reforma a la Ley General de Población y la inclusión de un capítulo que incorpore desde la definición de esta condición, más allá de las garantías establecidas, entre otros marcos internacionales, en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados.

Además se pretende incluir en la ley un procedimiento de análisis de las solicitudes reguladas por tiempos y autoridades competentes, así como elementos para garantizar la reunificación familiar.

Actualmente el plazo promedio para resolución de casos es de un mes, mientras en 2006 era de 20 semanas, dijo la funcionaria.

El borrador de estas adiciones ya está listo, pero se desconoce si el proyecto de enmienda general –anunciado desde el arranque de este sexenio– se encuentra, por lo menos, en etapa de análisis jurídico en las instancias federales.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.