Usted está aquí: viernes 9 de noviembre de 2007 Política La Corte prohíbe a menores promover la venta de alcohol

La Corte prohíbe a menores promover la venta de alcohol

Jesús Aranda

Los menores de 18 años de edad no pueden ser contratados para vender o promover cualquier tipo de bebidas alcohólicas, estableció el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al resolver ayer una acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de la ley para regular la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Nayarit, el máximo tribunal determinó que la negativa a permitir la contratación de menores para venta de bebidas embriagantes tiene que ver más con el deber constitucional de proteger a los jóvenes del vicio del alcoholismo, que con el tema laboral planteado en la demanda.

La PGR interpuso la acción de inconstitucionalidad 11/2005 en contra de la citada ley, con el argumento de que el Congreso local había realizado una reforma laboral, al establecer los 18 años como edad mínima para trabajar en lugares en que expendieran bebidas alcohólicas, cuando sólo el Congreso de la Unión puede legislar en la materia.

Los artículos impugnados (23, 24 y 37) prohíben a los dueños de establecimientos que venden o promueven bebidas embriagantes contratar a menores, inclusive cuando el establecimiento venda “cualquier sustancia que contenga alcohol, para fines comerciales o medicinales”.

 
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