Número
135 | Jueves 4 de octubre de 2007 Director fundador: CARLOS PAYAN VELVER Directora general: CARMEN LIRA SAADE Director: Alejandro Brito |
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De nueva cuenta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara inconstitucional por discriminatorio la baja de las fuerzas armadas de militares con VIH, y con ello sienta jurisprudencia por tratarse de la quinta sentencia emitida en el mismo sentido. Con este nuevo fallo, todos los soldados y marinos que de ahora en adelante sean dados de baja por ese motivo podrán ampararse contra la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), que en su artículo 226, fracción 45, faculta a la institución armada a dar de baja a militares VIH positivos, por considerarlos no aptos para el servicio de las armas. Sin embargo, preocupa que a varios meses de emitidas las primeras sentencias, las autoridades militares no hayan cumplido con el mandato de la Corte y sigan sin reinstalar a los militares dados de baja y que ganaron los juicios de amparo. La realización de una serie de trámites burocráticos, como argumenta el vocero de Comunicación Social de la Secretaría de la Defensa Nacional, coronel de artilleria Martín Terrones, no justifica la dilación en resarcir un derecho constitucional conculcado. Estamos ante uno de los mayores logros en materia de derechos humanos en México. El bien llevado y argumentado proceso por parte de la defensa de los quejosos, permitió a la SCJN emitir fallos claros y contundentes. Pero esta importante conquista deberá completarse con la derogación del citado artículo de la Ley del ISSFAM para evitar que se sigan violando los derechos de los militares con VIH, y garantizar que beneficie al conjunto de los integrantes de las Fuerzas Armadas Mexicanas. Hace falta, como bien indica Pedro Morales Aché, abogado de los militares inconformes, que los legisladores tomen la iniciativa de reformar una ley, ahora declarada inconstitucional en algunos de sus artículos, que aprobaron de manera acrítica sus antecesores. |