Partidos modifican la pretensión de permitir a policías cateos y arraigos sin orden de juez
Avanza en el Senado reforma judicial; cambios torales al proyecto de Calderón
Con modificaciones torales, finalmente avanza la reforma judicial que Felipe Calderón hizo llegar al Senado en marzo pasado, luego de que las fuerzas políticas se pusieron de acuerdo en modificar la pretensión original de permitir cateos, arraigos e intervenciones telefónicas sin orden judicial.
El coordinador de los senadores del Partido de la Revolución Democrática, Carlos Navarrete, comentó que en realidad se dictaminará una reforma distinta, que ya no se parece a la enviada por Calderón, “pues vamos a cambiar hasta el modo de andar a esa propuesta”, para impedir que en un afán de combatir la delincuencia organizada se vulneren garantías individuales.
A su vez el presidente de la comisión de Justicia, el panista Alejandro González Alcocer, detalló que las principales fuerzas políticas en el Senado superaron los obstáculos en torno a la iniciativa.
Recalcó que el más importante, que más críticas provocó, referido a la posibilidad de que se realicen espionaje telefónico, cateos y arraigos sin orden judicial, quedó saldado.
Se requerirá autorización de un juez, pero con el propósito de evitar que esto conlleve a dilación en el proceso se decidió crear un cuerpo específico de juzgadores para que atiendan con celeridad las peticiones del Ministerio Público sobre intervenir teléfonos o realizar un arraigo en caso de delincuencia organizada.
Detalló que hay consenso también en cambiar el sistema penal mexicano, actualmente de tipo inquisitorio, a uno acusatorio, con la introducción de lo que se conoce como juicios orales. Habrá un plazo de siete años para que todos los estados, obligatoriamente, adecuen su legislación, con el propósito de lograr una impartición de justicia transparente y expedita.
Igualmente se romperá el monopolio del Ministerio Público en la investigación de delitos, pues las policías preventivas podrán tener también la facultad de investigación.
En el caso de los jueces responsables de atender con prontitud las solicitudes que el Ministerio Público lleve a cabo en el caso de arraigos y cateos, podrá incluso, con una llamada telefónica, dar la autorización al Poder Judicial.
En el proyecto de dictamen se estipula que las comunicaciones privadas son inviolables y la ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía.
“Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la que faculte la ley o del titular del Ministerio Publico de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para lo anterior, la autoridad competente, por escrito, deberá fundamentar y motivar las causas legales de la solicitud, expresar además el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración.”
En el documento, que todavía se encuentra sujeto a modificaciones, se deja en claro que los jueces no podrán otorgar autorización para espiar las llamadas de particulares cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de comunicaciones del detenido con su defensor.
Asimismo ,se estipulará en la ley que las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y limites previstos en las leyes, de lo contrario, los resultados de escuchas que no cumplan con ello carecerán de todo valor probatorio.