Usted está aquí: jueves 28 de junio de 2007 Política Indígenas deben ser asistidos por un intérprete: SCJN

Anulará procesos si el acusado no entiende el español

Indígenas deben ser asistidos por un intérprete: SCJN

JESUS ARANDA

La primera sala de la Suprema Corte determinó ayer que los indígenas deben ser asistidos por un intérprete durante todo el tiempo que estén sujetos a un procedimiento judicial, siempre y cuando se acredite la necesidad de hacerse comprender o dar a conocer sus costumbres a la autoridad, porque de lo contrario la ausencia de un intérprete en su lengua natal podría derivar en la nulidad de las actuaciones realizadas.

Al analizar los alcances del artículo segundo constitucional, en el contexto de un amparo en revisión, los ministros precisaron que a la autoridad estatal no le corresponde definir si una persona en concreto es indígena, sino que, "una persona será considerada como tal cuando ella misma se adscriba a la comunidad o al pueblo indígena correspondiente".

En cuanto a la presencia de un intérprete, cuando se acredite la necesidad de ello en un proceso judicial, los ministros establecieron que éste es un auxiliar de la justicia que interviene en los procedimientos para que el juez que desconozca el idioma propio de quien declara, conozca el sentido de la declaración.

Por otra parte, si el presunto responsable desconoce la lengua en la que se desarrollan las diligencias, entonces carece de la capacidad de comunicar los hechos de los que tiene conocimiento y que le pueden afectar directamente.

Los ministros aseguraron que su decisión concuerda con lo establecido en el artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual coincide con lo aprobado, sobre que el inculpado sólo será asistido de un intérprete cuando desconozca el idioma en que se le juzga.

 
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