Usted está aquí: jueves 7 de junio de 2007 Política El IFE, indemne tras los ajustes a la ley Televisa

El IFE, indemne tras los ajustes a la ley Televisa

FABIOLA MARTINEZ

Ante las diversas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la llamada ley Televisa, el Instituto Federal Electoral (IFE) manifestó su beneplácito porque fue ratificada la facultad del árbitro electoral para vigilar el control del gasto de los partidos en campañas por radio y televisión.

El consejero Marco Gómez Alcántar, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del IFE, explicó que a partir de los comicios intermedios de 2009, este organismo podrá analizar -desde los meses previos a los procesos- esquemas de proselitismo y descontar de las prerrogativas el dinero destinado a la compra de espacios en radio y televisión.

Además, estará en posibilidad -previo consenso con representantes partidistas- de elaborar un nuevo reglamento de registro de dirigentes, candidatos y de procesos internos de selección en los institutos políticos, en el contexto de las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

"Tenemos más elementos para acercarnos a la verdad e investigar para aclarar, por ejemplo, cómo y quién contrató los 281 mil 026 espots no reportados por los partidos en el proceso electoral del año pasado", dijo Gómez Alcántar.

El artículo 79-A de la Ley Federal de Radio y Televisión vigente, tras el aval de la SCJN, señala que en las elecciones federales los concesionarios deberán informar al IFE sobre la propaganda contratada por partidos políticos o candidatos.

El segundo apartado de ese artículo establece que los partidos deberán atender los requerimientos de información que les formule el IFE, y los concesionarios ofrecerán tarifas equivalentes a la publicidad comercial.

En particular, el artículo en referencia deja en claro que el IFE será el órgano encargado de "pagar" la publicidad electoral de los partidos políticos, con cargo a las prerrogativas de éstos y dictará las medidas necesarias en la materia.

El consejero consultado dijo que la ratificación de la SCJN del artículo 79-A de la ley de radio y televisión confirma el criterio del instituto respecto de su derecho a solicitar información y, a su vez, la obligación de las empresas de entregar los datos requeridos por la autoridad.

Comentó también que la resolución de la Corte transformará la forma en que las fuerzas políticas realizan sus campañas.

 
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