Causa sorpresa la edición debido a que el periódico sólo aparece de lunes a viernes
En vigor, la Ley del ISSSTE; el sábado fue publicada en el Diario Oficial
De 3 mil 34.20 pesos, la pensión mensual garantizada, que debe actualizarse cada año
Ampliar la imagen Manifestación de trabajadores en el Zócalo, el pasado día 27, luego de marchar desde el Angel de la Independencia para oponerse a la aprobación de la Ley del ISSSTE Foto: Cristina Rodríguez
El gobierno publicó el sábado pasado, en una edición especial del Diario Oficial de la Federación, la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con lo cual la disposición entró en vigor.
Dicho ejemplar se dio a conocer ayer, de manera sorpresiva, en la Secretaría de Gobernación, dado que las publicaciones del diario se hacen de lunes a viernes.
En su edición del sábado, hecha únicamente para informar del decreto presidencial que da validez a dicha normatividad, quedó de manifiesto la forma en que funcionará la administradora de pensiones del ISSSTE (Pensionissste).
En el diario se anuncia que el instituto creará una base de datos, con los expedientes de los derechohabientes, para entregar dicha información, de manera confidencial, a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y a las empresas aseguradoras, con el fin de que éstas pongan en marcha la operación del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
También establece que todas las dependencias o entidades federales deberán enterar al ISSSTE de las cuotas y aportaciones que realicen, además de subrayar que quien proporcione datos a terceros sobre la información que manejen las aseguradoras, sin previa autorización de las autoridades del instituto y de los derechohabientes, será "sancionada en los términos de la legislación penal federal vigente".
Se argumenta que la instancia de seguridad social recopilará y clasificará la información que le corresponda con el fin de "formular escalas de sueldos, promedios de duración de los servicios que esta ley regula, tablas de mortalidad, morbilidad y en general las estadísticas y cálculos actuariales necesarios para encauzar el equilibrio financiero de los recursos y cumplir adecuada y eficientemente con los seguros, prestaciones y servicios que por ley le corresponde administrar".
A partir de ello, deberá proponer al Ejecutivo federal "las modificaciones que fueran procedentes", además de que la junta directiva del ISSSTE podrá diseñar y poner en operación "un sistema de evaluación del desempeño, para definir las políticas y mecanismos de otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios".
La ley establece que para las cuentas individuales manejadas por el Pensionissste se debe garantizar una pensión mensual de 3 mil 34 pesos con 20 centavos, y que ésta se actualizará cada año según el Indice Nacional de Precios al Consumidor.
Asimismo, incluye una cuota para el fondo de pensiones de todos los trabajadores, financiada por el Estado, la cual representará 5.5 por ciento del salario mínimo.
Tal contribución se incrementará gradualmente hasta llegar a 6.125 por ciento del sueldo básico, y el gobierno pagará 2 por ciento para el retiro y 3.65 por ciento para cesantía en edad avanzada y vejez. Además señala que la edad de retiro de los trabajadores irá en aumento hasta llegar en 2027 a 60 años de edad para hombres y 58 para mujeres.
La normatividad publicada contiene 254 artículos y seis títulos que contienen el régimen obligatorio y voluntario, las funciones y organización del instituto, la prescripción, las responsabilidades y sanciones, además de un apartado con transitorios.