Comisión de Fiscalización acata resoluciones del TEPJF
Disminuirá el IFE multa al PAN e impondrá otras al PRD
La Comisión de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE) revocó una multa al PAN, relacionada con su informe de gastos ordinarios de 2005, y le redujo sustancialmente la sanción, que pasó de 13.4 millones a 5.6 millones de pesos, en acatamiento a varias resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Asimismo, al acatar otra resolución del tribunal, la comisión aprobó varias sanciones contra el PRD, cuyo monto global será de 1.6 millones de pesos, relacionadas con el proceso de selección de su candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, y de la consulta nacional realizada por ese partido entre agosto y noviembre de 2006.
Ambos dictámenes deberán ser ratificados por el Consejo General del IFE en la sesión de mañana, y provienen de recursos promovidos por el PAN, tanto para revertir las sanciones que le fueron impuestas por irregularidades en sus manejos financieros de 2005, como por la impugnación que interpuso contra el informe presentado por el PRD y los criterios que en su momento adoptó el instituto, en razón de que el blanquiazul consideró que los gastos de la consulta nacional perredista deberían incluirse como parte de la campaña federal, debido a que López Obrador fue designado candidato único en agosto de 2006, y la consulta se realizó hasta noviembre, lapso durante el cual se habría efectuado proselitismo.
La resolución del TEPJF obligó a la Comisión de Fiscalización a revisar los alcances de las sanciones aplicadas al PAN por diversas irregularidades. Entre otras, el instituto destacó la presentación de una póliza que indica "Campaña de Felipe Calderón", sin que se acreditara a qué tipo de campaña correspondía.
Además, el PAN omitió presentar documentos que soportaran el saldo de cuentas por cobrar; ya que ese partido presentó facturas por encuestas sin muestras de los sondeos realizados, y facturas pagadas en efectivo por un monto superior al que permite la ley, entre otras.
Sin embargo, aunque la comisión ratificó las irregularidades cometidas por el PAN, modificó el monto de las multas en razón de los criterios esgrimidos por el TEPJF, según los cuales se deberían considerar como "faltas formales y no como violaciones a valores sustantivos".
En cuanto al PRD, la Comisión de Fiscalización sostiene en su dictamen que la realización de los actos de la denominada consulta nacional efectuada por este partido y los promocionales en diferentes medios de comunicación para convocar a los militantes a asistir, no pueden ser considerados como actos realizados para conformar un programa de gobierno, como reportó del PRD.
La comisión considera que dichos promocionales y los actos realizados tenían por objeto beneficiar la figura de López Obrador. Sin embargo, reconoce que en ninguno de los mensajes o desplegados se hace alusión a actos realizados durante el proceso electoral federal, ni se llama a la ciudadanía a votar por López Obrador.
A partir de esta consideración, la Comisión de Fiscalización estima que no pueden ser considerados, como solicitaba el PAN, actos anticipados de proselitismo y, por tanto, el gasto realizado tampoco puede computarse dentro de los topes de la campaña presidencial federal.
Otra de las sanciones que se aplicará al PRD deriva del hecho de que este partido omitió reportar la contratación de promocionales en radio y televisión correspondientes a su proceso interno.