Usted está aquí: miércoles 21 de marzo de 2007 Política Luis Echeverría logra evitar que sea fichado, pero seguirá bajo arraigo

La suspensión definitiva que se le concedió no anula su proceso por genocidio

Luis Echeverría logra evitar que sea fichado, pero seguirá bajo arraigo

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen Integrantes del Comité 68 durante la protesta en el tercer tribunal unitario Foto: Roberto García Ortiz

El ex presidente Luis Echeverría Alvarez consiguió ayer una suspensión definitiva que le garantiza por tiempo indefinido no ser fichado ni sujeto a un estudio sobre su personalidad.

Sin embargo, la suspensión en vía de amparo -concedida por el magistrado federal Jesús Guadalupe Luna Altamirano- no detiene el proceso penal que se le sigue al ex mandatario priísta en el juzgado 15 de distrito del Reclusorio Sur por su presunta responsabilidad en el delito de genocidio.

"Esta suspensión es para los efectos de que las autoridades se abstengan de realizar acto alguno encaminado a que sea identificado (Echeverría) por el sistema administrativo adoptado para el caso, y a que no se le practique su estudio de personalidad; además, deberán prevalecer las cosas en el estado que guardan, es decir, que permanezca arraigado en su domicilio hasta en tanto no se resuelva el fondo de este juicio de amparo", informó Luna Altamirano, según reprodujo en un boletín el Consejo de la Judicatura Federal.

A su vez, Félix Hernández Gamundi, uno de los denunciantes y coadyuvante de la Procuraduría General de la República (PGR), aseguró en entrevista con La Jornada que "esta suspensión de ninguna manera detiene el proceso; nosotros seguiremos presionando al Ministerio Público Federal para que se efectúen careos y se desahoguen pruebas en el juzgado de la causa".

De su lado, el penalista Juan Velásquez, defensor de Echeverría Alvarez, explicó que el tema de la suspensión definitiva "es un asunto de mero trámite jurídico que en nada afecta al proceso de fondo; lo único es que el juez (de primera instancia) no podrá ordenar la ficha signalética ni el estudio de personalidad, y no puede cerrar la instrucción ni emitir sentencia en tanto no se resuelva este juicio de amparo".

Mientras se efectuaba la audiencia incidental en el tercer tribunal unitario, integrantes del Comité 68 realizaron una manifestación afuera de las instalaciones del Poder Judicial federal para exigir al magistrado Luna Altamirano que negara la suspensión definitiva, porque de lo contrario "se convertirá en cómplice de los abogados leguleyos" que buscan evitar que el presunto genocida sea fichado.

Al enterarse de que el juzgador había otorgado la suspensión en vía de amparo, casi una decena de ex líderes estudiantiles en el movimiento del 68 lanzaron consignas contra el Poder Judicial y aseguraron que es "sospechosa" la actitud de Luna Altamirano y de otros funcionarios.

"Todo esto parece muy sospechoso; primero el juez (Ranulfo Castillo) da el carácter de oficiales a los estudios médicos que le practicó el doctor particular de Echeverría, quien dijo que estaba mal de la mente y que no podía ser fichado; ahora, otro magistrado concede una suspensión ilegal que favorece a este genocida", señaló mediante un altavoz Raúl Alvarez Garín, del Comité 68.

Más tarde, en un comunicado, la organización aseguró que "la supuesta incapacidad sicológica de Echeverría para enfrentar una diligencia de fichamiento y los estudios de personalidad ha sido llanamente un subterfugio urdido por el ex presidente y sus defensores para evitar trámites que son obligatorios para cualquier procesado.

"La maniobra es aún mas burda, debido a que los supuestos peritajes fueron practicados en todo momento por los médicos de cabecera del prisionero. Lo anterior es constitutivo de una conspiración, confabulación o coalición de servidores públicos, con el propósito deliberado de eludir el cumplimiento de un mandato legítimo de autoridad competente.

"La demanda de amparo en contra del auto de formal prisión de Echeverría es cínica y desvergonzada, puesto que los actos que reclaman no implican violación a sus garantías.

"En consecuencia, la maniobra de reclamar la protección de la justicia federal debe ser rechazada y negada a la brevedad posible, puesto que, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley de Amparo, la suspensión debe negarse cuando las implicaciones de la misma atacan el orden público y el interés social, y es indudable que el genocidio es una cuestión de interés social, considerado una amenaza a la seguridad nacional y, por consiguiente, un asunto de paz pública", refiere el comunicado del Comité 68.

 
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