Usted está aquí: viernes 16 de marzo de 2007 Política Revisará el pleno de la Corte las pensiones de 40 ministros

Los montos no provienen de decretos legislativos

Revisará el pleno de la Corte las pensiones de 40 ministros

JESUS ARANDA

Como consecuencia de la aprobación en el Senado de la llamada ley de salarios máximos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendrá que revisar el acuerdo general 11/2003, mediante el cual los ministros aprobaron homologar las pensiones de los magistrados jubilados por la reforma constitucional de 1994, con los que fueron elegidos a partir de 1995.

Reconocieron lo anterior ministros del máximo tribunal, luego de conocer que los senadores establecieron que las únicas pensiones legales son las que provienen de decretos legislativos y no las que fueron establecidas mediante acuerdos de otro tipo, como sucedió en la Corte cuando ésta le fijó una pensión única a los casi 40 juzgadores equivalente a 120 mil pesos mensuales.

Las pensiones son un tema que el pleno abordará una vez que la Cámara de Diputados dictamine la reforma constitucional, y las legislaturas estatales hagan lo propio, porque esa fue una decisión que tuvo su fundamento en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. ''En todo caso haremos los ajustes necesarios'', añadieron los entrevistados.

Y es que el 10 de julio de 2003, a petición del entonces presidente de la Corte, Mariano Azuela Güitrón, el pleno resolvió analizar el tema de las pensiones de los 25 ministros que fueron jubilados con la reforma constitucional que modificó la estructura del sistema judicial -a los que se añadieron los que ya estaban en situación de retiro-, al reducir el número de juzgadores a 11, y la creación del Consejo de la Judicatura Federal.

Estos magistrados que pasaron a retiro forzoso recibieron en términos generales una pensión de 60 mil pesos, de acuerdo con el sueldo que tenían en aquel entonces. Sin embargo, en 2003, los ministros ya ganaban en términos netos prácticamente el doble de esa cantidad, por lo que casi por unanimidad -el único voto en contra fue de Genaro David Góngora Pimentel- el pleno se solidarizó con lo jubilados y decidió motu proprio homologar las pensiones.

Aun cuando votó en favor de esa decisión, el ex presidente de la Corte José Vicente Aguinaco Alemán expresó sus dudas sobre la facultad que tendría el pleno para abordar el tema; hubo voces al interior del Poder Judicial que inclusive señalaron que en los hechos los ministros habían ''legislado por decreto'', lo que era a todas luces inconstitucional.

En su decisión, el pleno no se limitó sin embargo a homologar lo establecido en la ley para los juzgadores jubilados después de 1995, que luego de percibir el 100 por ciento del sueldo durante los dos primeros años, y 80 por ciento de manera vitalicia, incluyeron la llamada ''compensación garantizada'' que reciben los ministros en activo.

Es decir, lo que tiene que ver con prestaciones adicionales que incrementan con mucho el sueldo neto.

Finalmente, para no dejar duda sobre la generosidad de los magistrados, el acuerdo citado puntualiza que ''dichas pensiones se incrementarán en el mismo porcentaje'' que las percepciones de los ministros en activo, para lo cual crearon un fideicomiso cuya legalidad -ahora- también está en duda.

 
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