Usted está aquí: sábado 17 de febrero de 2007 Estados Eximen a periodistas de la comisión de delitos contra el honor, en Chiapas

Diputados locales aprobaron diversas reformas al Código Penal del estado

Eximen a periodistas de la comisión de delitos contra el honor, en Chiapas

Sólo si es en ejercicio de sus funciones y siempre y cuando no haya ''faltas a la verdad'', señalan

ANGELES MARISCAL CORRESPONSAL

Tuxtla Gutierrez, Chis., 16 de febrero. El Congreso del estado de Chiapas aprobó diversas reformas al Código Penal local para eximir a los periodistas en activo de la comisión de delitos contra el honor -difamación o calumnia-, siempre y cuando se compruebe que no hubo "faltas a la verdad". Sin embargo, el ilícito se continuará castigando con penas de cárcel de hasta nueve años.

El 17 de febrero de 2004, a iniciativa del entonces gobernador Pablo Salazar Mendiguchía, el órgano legislativo aprobó lo que se conoció como la ley mordaza, mediante la cual se incrementaron las sanciones por hasta nueve años de prisión y multas de hasta mil días de salario mínimo, a quienes cometieran delitos contra el honor.

Tres años después, la actual legislatura local reformó nuevamente los artículos 251, 252 y 253 del Código Penal local, para insertar una cláusula que podría eximir de este delito a los trabajadores de los medios de comunicación.

Así, al responsable del delito de difamación se le impondrá una pena de tres a nueve años de prisión y multa de 100 a mil días de salario mínimo. Cuando el delito de difamación se cometa en contra de un menor de edad, la condena de prisión se aumentará hasta en una tercera parte.

El artículo 253 apunta que no se comete delito de difamación cuando la persona a quien se imputa "fuere periodista en ejercicio de sus funciones y no faltare a la verdad en los términos de los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

Esta reforma fue nuevamente cuestionada por el representante en Chiapas de la organización Libertad de Información A. C. (Limac), Isaín Mandujano, quien señaló que por una parte la tendencia del derecho internacional es despenalizar los delitos contra el honor y pasar su querella al ámbito civil.

Agregó que esta reforma, "con dedicatoria a los periodistas, parece más un acto propagandístico, porque no obedece a los principios del derecho que establece que en los códigos penales las leyes deben ser generales y abstractas, es decir, no deben excluir o exonerar a priori a ningún sector social''.

 
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