Representatividad compartida de la FSTSE con el ISSSTE
Una resolución de la juez 16 de distrito en materia administrativa determinó que la Federación Democrática de Sindicatos de Servidores Públicos (FEDESSP) tiene derecho de designar ante el ISSSTE a representantes de su organización ante los órganos de gobierno del instituto, con los mismos derechos y obligaciones que la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE). Cabe referir que la FEDESSP está integrada por sindicatos que se escindieron de la FSTSE y que ambas organizaciones se han enfrascado en diversas batallas por la representatividad de los trabajadores burócratas del país. En un comunicado, la FEDESSP señala que esta resolución es una conquista más para alcanzar la democracia y la libertad sindical y quedan declarados como inconstitucionales los artículos 152, 165 y 171 de la Ley del ISSSTE, porque "refieren exclusivamente a la FSTSE como la única que puede participar en los órganos de gobierno del ISSSTE", lo que contraviene las garantías de legalidad, seguridad jurídica y libertad sindical.