Usted está aquí: jueves 8 de febrero de 2007 Opinión ¿Libertad de expresión?

Adolfo Sánchez Rebolledo

¿Libertad de expresión?

Mal van las cosas cuando se aplica la censura previa a los programas de los partidos políticos. Se cuestiona la libertad de expresión. Sufre la ya de por sí elusiva normalidad democrática. Con el pretexto del preservar el "estado de derecho", la autoridad federal, en este caso la Secretaría de Gobernación, desconoce en la práctica que los partidos nacionales son "entidades de interés público", pasa por encima de resoluciones previas del IFE y se asume como censor ad-hoc de las comunicaciones que usan los tiempos del Estado.

El más reciente capítulo ­la cancelación de una emisión radiofónica del PRD seguida de la negativa a transmitir por los medios electrónicos el programa sobre "la toma de protesta de Andrés Manuel López Obrador el 20 de noviembre pasado­ reafirma la peligrosa veta autoritaria que subyace en la visión de la gobernabilidad como mero orden y control, si no es simple y llano revanchismo político.

Los representantes del PRD han aducido toda suerte de argumentos jurídicos para probar que estamos ante una decisión arbitraria, caprichosa, que deja mal parado al gobierno ante la ciudadanía y los compromisos suscritos internacionalmente, pero la respuesta ofrecida por los funcionarios encargados ha sido negativa, soberbia. El propio subsecretario de Asuntos Jurídicos de Gobernación, Miguel Alessio Robles-Landa, declaró a los medios que la "única manera" de que el programa pasara (al aire) sería dándole otro formato y contenido, desconociendo que ya hay una resolución del Consejo General del IFE para que se transmita. Al parecer, para el encargado de los asuntos jurídicos eso no cuenta, pues en su opinión el director de Radio Televisión y Cinematografía, Eduardo Garzón, "incurriría en una grave responsabilidad si pasa ese espot porque viola directamente disposiciones constitucionales" (El Universal, 7/2/07) Lo increíble del caso es la pretensión de los burócratas de interpretar no ya la ley correspondiente, sino los principios constitucionales que rigen la libertad de expresión, así como las disposiciones en torno a la "protesta del presidente constitucional", estigmatizando de esa forma un hecho político que hasta ahora no ha sido recusado legalmente ni por la autoridad electoral ni tampoco por la judicial.

Y es que de eso se trata. La Secretaría de Gobernación quiere sentar un precedente muy grave. A partir de ahora, los contenidos de los programas partidistas (y otros, ¿por qué no?) habrán de someterse a la censura previa no declarada del Ejecutivo, dando así una vuelta de tuerca a la reducción paulatina de las libertades en los espacios públicos. En una industria donde pesan excesivamente los condicionamientos económicos, así como los prejuicios de los propios dueños, ¿qué clase de comunicación democrática surgirá si la autoridad, en vez de realizar una supervisión técnica que asegure la mayor libertad, actúa para limitarla?

El argumento expuesto por el subsecretario Alessio para justificar la actuación de Gobernación parece una charada: "no hay censura previa cuando se conoce el contenido de los programas... Existe censura cuando no se conocen los contenidos de los programas, no es el caso". Incluso una vieja edición del Diccionario de la Real Academia define a la censura previa como "el examen y aprobación que anticipadamente hace la autoridad gubernativa de ciertos escritos antes de darse a la imprenta" (subrayado ASR).

La tesis según la cual el "conocimiento" previo del contenido exime al censor, no es más que una vulgar justificación para evitar su difusión, que de eso se trata, es decir, una forma ominosa de censura previa. Pero el funcionario, que de algún modo se sabe atrapado por el pasado inmediato, quiere lavar antiguas manchas y se adelanta a una posible crítica y aprovecha para nadar de muertito partidista con gran cinismo... "Si otro partido, por ejemplo Acción Nacional ­dijo el subsecretario Alessio­ le pidiera a RTC que exhibiera un programa de los que después ya no pudo pasar por resolución del mismo IFE. Por ejemplo, que dijera que el señor licenciado López Obrador sigue siendo un peligro para México, que el señor licenciado López Obrador tiene vínculos con otros países que mantienen regímenes que no están de acuerdo con el régimen jurídico mexicano, RTC incurriría en una grave responsabilidad si autoriza la exhibición de esos programas porque ya se conoce el contenido de esos programas."

La falacia no puede ser más obvia, pues el requisito formal es que el IFE (o el TEPJF) no impugnen las piezas a difundir, pero en este caso la supuesta "inconstitucionalidad" es una idea de RTC. Además, de seguirse el criterio de los censores, habría que poner en observación preventiva las campañas mediáticas del gobierno, así como las declaraciones oficiales y oficiosas que insisten bajo la superficie en acentuar los "peligros" que para México representa cualquier otra opción que no sea la de la derecha y sus aliados.

En rigor, el incidente de la censura al programa de López Obrador se suma a otros donde la autoridad federal ha demostrado su vocación por el control vertical de la información. Pero hay uno especialmente significativo.

El martes de esta semana, el senador Carlos Jiménez Macías presentó ante el pleno de esa Cámara un punto de acuerdo: exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal a que proceda, a la brevedad posible, a nombrar al director general de la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en los términos que establece la ley que crea dicho órgano, así como a integrar la Junta de Gobierno de la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, en los términos que establece el artículo 11 de la citada ley, y en lo que establece su artículo octavo transitorio, y, finalmente, a que el Presidente informe a esta soberanía sobre el estado en que se encuentra el proceso de liquidación y disolución de la Agencia de Noticias Mexicana Notimex, SA de CV, de acuerdo con los lineamientos que establece la Ley Federal para las Entidades Paraestatales, sin esperar a la solución de la controversia constitucional interpuesta por el anterior gobierno.

El tema es importante, pues la ley a la que se refieren los puntos anteriores tenía como objetivo principal democratizar la información mediante el expediente de convertir a Notimex en una agencia del Estado, gobernada y dirigida por profesionales del periodismo al margen de los intereses del gobierno en turno.

Sin embargo, para no pecar de ingenuidad habría que preguntarse si en realidad el gobierno desea promover un nuevo modelo de comunicación desde el Estado o, si como parece, está totalmente satisfecho con la asociación estratégica establecida con los propietarios de los grandes medios electrónicos que no han dejado de sostenerlo a tambor batiente, seguros como están de que sus intereses, así sean monopólicos, ya quedaron asegurados por la reforma en materia de telecomunicaiones.

Para finalizar repetiré el cliché: sin libertad de expresión no hay democracia que valga. La manipulación no puede evitar que la verdad se conozca.

P. D. ¿De qué sirve esforzarse por construir un pensamiento y una política de izquierda si de un plumazo el PRD condecora con una candidatura a una representante histórica de la derecha?

 
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