Usted está aquí: miércoles 17 de enero de 2007 Política SCJN: Gobernación no está facultada para autorizar nuevos juegos de apuestas

Un reglamento no es suficiente para que adquiera esas atribuciones, señalan ministros

SCJN: Gobernación no está facultada para autorizar nuevos juegos de apuestas

JESUS ARANDA

La constitucionalidad del Reglamento de Juegos y Sorteos está en el aire. Al iniciar ayer la discusión sobre el tema, quedó en evidencia la división de criterios de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aunque hubo consenso en el sentido de que la Secretaría de Gobernación no está facultada para reglamentar o autorizar juegos de apuestas que no estén contemplados en la ley.

El pleno coincidió en que la ley no extiende "un cheque en blanco" a la Secretaría de Gobernación para que por medio de un reglamento autorice juegos no previstos legalmente.

Asimismo, los ministros confirmaron la constitucionalidad del consejo consultivo creado por el citado reglamento y de la lotería instantánea, cuya legalidad era cuestionada en el proyecto de dictamen de la ministra Olga Sánchez Cordero.

En el marco de la sesión, los ministros adelantaron que uno de los temas que causará mayor polémica será el de los centros de apuestas remotas. Esto no sólo por el impacto negativo expuesto en el dictamen alterno elaborado por Genaro Góngora Pimentel ­como es el riesgo de que sean utilizados para lavar dinero y "el enviciamiento masivo de gente de todas las clases sociales"­, sino porque según lo discutido ayer, Gobernación sólo puede reglamentar y aprobar el funcionamiento de aquellos juegos de apuesta permitidos expresamente por la ley en la materia.

Resulta que como la ley data de 1947 y no habla explícitamente sobre los nuevos métodos de apuesta que tienen lugar en dichos centros, los ministros podrían concluir que la Secretaría de Gobernación actuó ilegalmente al permitir la apertura de más de 600 establecimientos de este tipo, cuyo permiso fue otorgado por el gobierno de Vicente Fox.

Conforme avanzó la discusión sobre esta controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados en contra del Ejecutivo federal, el proyecto de la ministra Sánchez Cordero fue prácticamente desechado en su primera parte ­el cual avalaba la constitucionalidad del reglamento­, y salieron a flote una serie de temas que serán objeto de la atención del pleno: por ejemplo, que la legislación faculte a Gobernación para expedir permisos en las ferias que se realizan en el país ­como la de San Marcos­ para permitir los juegos de apuestas en carreras de caballos, algunos juegos de azar y, sobre todo, las peleas de gallos.

¿Peleas de osos?

Así, quedó pendiente la discusión sobre la posible discriminación que significaría que a las ciudades o municipios que tengan ferias se les permita tener ese tipo de juegos "prohibidos", y que en donde no tengan lugar esas celebraciones se les niegue el permiso. También sobre el hecho de permitir peleas de gallos, porque también podrían autorizarse peleas de perros u osos, como lo señaló Aguirre Anguiano.

En este contexto, hubo comentarios en el sentido de que, en todo caso, tendría el Congreso que reformar la ley citada, para precisar los alcances que exige el desarrollo de nuevas tecnologías en materia de apuestas.

A diferencia de otras sesiones, ayer los ministros Aguirre Anguiano y Mariano Azuela Güitrón apoyaron ­inicialmente­ el proyecto de dictamen alterno que presentó Góngora Pimentel, quien hizo una clara distinción entre los juegos de azar permitidos por la ley y los "juegos prohibidos", que son todos aquellos no previstos en la legislación; además de que ésta sólo se refiere a los juegos en que hay apuesta de por medio.

Con esta definición, quedó rebasada la preocupación externada por Aguirre Anguiano, quien alertó que podría darse el caso de que se prohibieran incluso juegos como la canicas, perinola y matatena.

Hasta el momento, la Corte ha determinado por unanimidad ­incluso la ministra ponente cambió el sentido de su dictamen­ que los juegos (de apuesta) "permitidos" son: "ajedrez, damas chinas y otros semejantes; dominó, boliche, billar y pelota, ésta en todas sus formas y denominaciones; tiro al blanco; carreras de personas a pie, de caballos, de perros y de vehículos; luchas y boxeo".

Además, que para establecer casas o lugares especiales en los que se practiquen se requiere la autorización de la Secretaría de Gobernación.

 
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