Usted está aquí: jueves 30 de noviembre de 2006 Política Giran orden de aprehensión contra Echeverría Alvarez por genocidio

El ex presidente no pisará la cárcel por su precario estado de salud y su avanzada edad

Giran orden de aprehensión contra Echeverría Alvarez por genocidio

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Después de 38 años de ocurrida la matanza del 2 de octubre de 1968, un magistrado federal de la ciudad de México libró una orden de reaprehensión domiciliaria en contra del priísta Luis Echeverría Alvarez, presidente de la República entre 1970 y 1976, y ordenó que sea juzgado por ser probable responsable del delito de genocidio.

La resolución del magistrado Ricardo Paredes Calderón revocó el auto de libertad que concedió el pasado 8 de julio a Echeverría el juez federal Ranulfo Castillo, quien consideró entonces que el delito de genocidio había prescrito el 10 de noviembre de 2005.

El magistrado Paredes, titular del segundo tribunal unitario penal, consideró ayer que Echeverría, cuando se desempeñó como secretario de Gobernación, "en forma conjunta con otras instituciones, perpetró una conducta que trajo como consecuencia los hechos de 1968, pues por medio de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) se constituyó un grupo armado, denominado Batallón Olimpia".

El juzgador puntualizó que Echeverría "ordenó que los miembros de ese batallón se presentaran en el mitin del 2 de octubre de 1968, y en forma coordinada con otras fuerzas armadas, iniciaran el fuego cruzado, entre ellos y los elementos del Ejército, y con otros contingentes, con la intención de aprovecharlo para disparar contra los estudiantes y la multitud congregada, perpetrando delitos contra la vida de un número considerable de personas, y con el propósito de destruir totalmente al grupo nacional identificado como 'movimiento estudiantil' del 68".

Se trata del primer juicio penal que se inicia en tribunales mexicanos por el delito de genocidio y contra un ex mandatario del país, aunque el inculpado no podrá ser encarcelado ni se verá obligado a acudir al juzgado 15 de distrito ubicado en el Reclusorio Sur.

La decisión judicial de conceder la prisión domiciliaria obedece a la avanzada edad del inculpado (85 años) y a su precario estado de salud.

Todo el proceso penal ­que puede durar varios años­ se desarrollará en la casa del ex mandatario, lo que obligará a las autoridades judiciales a trasladarse a la residencia de Echeverría cada que sea necesario desahogar una diligencia.

Este jueves, un actuario del juzgado 15 de distrito acudirá a la casa de Echeverría para notificarle que está sujeto a proceso e informarle que tiene derecho de aportar todas las pruebas con que cuente para desacreditar la acusación que le fincó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp).

Los abogados del ex mandatario, Juan Velázquez y Heraclio Bonilla, fueron notificados de la decisión del juez en contra del inculpado a las 15:30 horas. Quien no acudió al tribunal ayer fue el titular de la Femospp, Ignacio Carrillo Prieto.

En cuanto se enteraron de la determinación judicial, los defensores informaron por teléfono a Echeverría.

"Estamos muy mortificados, incluido el ex presidente; es una noticia que no esperábamos; probablemente vamos a interponer una demanda de amparo indirecto ante otro tribunal unitario para buscar evitar el proceso penal", aseguró en entrevista el penalista Juan Velázquez.

Como si se hubiera enterado de una sentencia favorable a su defendido, el litigante aseguró: "esta resolución, irónicamente, nos beneficia, porque nos da la oportunidad de demostrar que en México nunca ocurrió un genocidio".

Esta es la segunda ocasión que se ordena la aprehensión de Echeverría, en la modalidad de prisión domiciliaria.

La primera ocurrió el pasado 30 de junio, cuando el magistrado federal José Angel Mattar consideró que el ex presidente fraguó un plan para destruir de manera parcial al grupo nacional opositor al gobierno denominado Consejo Nacional de Huelga (CNH), integrado por dirigentes del movimiento estudiantil de 1968, y por ello ordenó aprehender al inculpado.

El auto de sujeción a proceso que ayer ordenó Paredes Calderón en contra del indiciado ocurre a escasas horas de que el presidente Vicente Fox traspase el gobierno a su sucesor, Felipe Calderón.

Apenas la semana pasada, el fiscal Carrillo Prieto frenó una consignación penal en contra de Luis Echeverría, por el caso de decenas de ex guerrilleros de la organización fundada por Lucio Cabañas, quienes fueron secuestrados durante la llamada guerra sucia en Guerrero.

Aunque la averiguación previa ya estaba concluida, y en ella se incluía a Echeverría, de último momento la Femospp decidió no pedir la captura del ex mandatario.

Por la tarde, el magistrado Paredes Calderón emitió un comunicado para informar su determinación de revocar el auto de libertad en favor de Echeverría que había librado el juez Ranulfo Castillo.

"La acción penal para la persecución del delito de genocidio no se encuentra prescrita, debido a que el conteo original del lapso de 30 años para la prescripción, debe comenzarse a contar el día de los hechos, que es el 2 de octubre de 1968.

"Sin embargo, no podía comenzar, por existir una causa que imposibilitaba la acción penal, como lo era el fuero constitucional de que gozaba el inculpado en su carácter de secretario de Gobernación.

"Una vez que concluyó su encargo, por renuncia presentada el 10 de noviembre de 1969, desapareció también el fuero constitucional, por lo que el plazo de prescripción iniciaba su cómputo a partir del día siguiente, es decir, el 11 de noviembre de 1969.

"Este conteo se vio interrumpido, en virtud de que el inculpado adquirió nuevamente fuero constitucional, al haberse declarado oficialmente la validez de las elecciones para Presidente de la República, lapso en que el Ministerio Público de la Federación se encontraba imposibilitado constitucional y legalmente para perseguir el delito, hasta el día 30 de noviembre de 1976.

"Por tanto, el plazo de 30 años para la prescripción, empezó a correr de nuevo, a partir del primero de diciembre de 1976; por lo que habría fenecido al 30 de noviembre de 2006. Sin embargo, el inculpado fue aprehendido antes de tal fecha, el 3 de julio de 2006, evento que interrumpió el transcurso de la prescripción. En consecuencia se estimó que la acción penal no estaba prescrita", puntualizó el comunicado.

Hace tres décadas, Echeverría dejó el poder en medio de una grave crisis económica, con la primera gran devaluación del peso en posguerra (de 12.50 a 19 pesos por dólar), y rumores persistentes de golpe de Estado. Durante su sexenio encabezó un gobierno represor que tuvo su punto más crítico el 10 de junio de 1971, cuando el grupo paramilitar conocido como Halcones asesinó a un grupo de manifestantes en el Distrito Federal.

El 2 de julio de 2002, a menos de dos años del inicio del sexenio foxista, el fiscal Ignacio Carrillo Prieto logró sentar en el banquillo de los acusados a Echeverría.

En ningún momento, luego de más de dos años de litigios en tribunales mexicanos, el titular de la Femospp logró que Echeverría pisara la cárcel.

 
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