Orden de pagar salarios caídos a trabajadores de confianza
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio por el cual los patrones deberán pagar a un trabajador de confianza no sólo la indemnización por despido, sino también los salarios caídos. Los ministros resolvieron que si el patrón no reinstala a un trabajador, debe pagar una indemnización de tres meses y 20 días por año, en caso de que la relación laboral fuera por tiempo indeterminado, pero también los salarios caídos a partir de la fecha de despido, hasta que se pague la mencionada indemnización.