Concedió a los afectados 10 días hábiles para presentar pruebas de sus quejas
La Corte abre la posibilidad de que se investigue la violencia en Atenco
La abogada Bárbara Zamora calificó de positiva la decisión de Mariano Azuela
Ampliar la imagen Mariano Azuela y Sergio Salvador Aguirre, luego de anunciar que recibirán elementos para acreditar que la Corte intervenga en el caso Atenco Foto: Guillermo Perea/Cuartoscuro
El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Mariano Azuela Güitrón, abrió la posibilidad de que el máximo tribunal investigue los hechos violentos ocurridos en San Salvador Atenco los días 3 y 4 de mayo pasado, al "conceder" 10 días para que los integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) y su defensa legal "aporten elementos" que "acrediten" que las autoridades locales y federales violaron gravemente las garantías individuales en esos hechos.
Sin embargo, esta decisión no significa que la SCJN dé entrada a la petición de los quejosos, sino que exclusivamente da lugar para que alguno de los 11 ministros del pleno retome el asunto, si así lo considera, y plantee ante el pleno la necesidad de crear una comisión que investigue los hechos violentos, con base en el artículo 97 constitucional, en los que tomaron parte elementos de la Policía Federal Preventiva y de corporaciones del estado de México, en los cuales se registraron más de 200 heridos, y en los que 47 mujeres fueron objeto de violación sexual y otras agresiones físicas.
En respuesta a la petición presentada el 9 agosto pasado por la abogada Bárbara Zamora y por el FPDT, el ministro presidente dejó en claro que los promoventes "carecen de legitimación" para solicitarle a la Corte que intervenga, porque la constitución puntualiza que la investigación de violaciones graves a las garantías individuales puede hacerla el máximo tribunal, de oficio cuando lo estime conveniente, o por petición del Presidente de la República, de alguna de las cámaras del Congreso o del gobernador de un estado, exclusivamente.
Consecuentemente, subrayó Azuela, "debe rechazarse su solicitud por notoriamente improcedente". Sin embargo, en una decisión sui generis, el ministro presidente "concedió" a los promoventes un plazo de 10 días hábiles, que vence el próximo 25 de agosto, para que aporten los elementos "que en su opinión" acrediten que en San Salvador Atenco se violaron gravemente las garantías individuales, "lo que podría dar lugar a que alguna o alguno de los integrantes del pleno de la Suprema Corte podría solicitar el ejercicio de la atribución prevista en la Constitución". En ese contexto, el ministro apercibió a los solicitantes que, "en caso de no hacerlo", es decir, de no aportar los datos, la petición será "total y definitivamente concluida".
Por su parte, Bárbara Zamora dijo que la respuesta del ministro presidente es "positiva", y que confía en que alguno de los ministros retome la petición para deslindar responsabilidades y castigar a los culpables. Comentó que seguramente el plantón que desde hace días instalaron los pobladores de San Salvador Atenco enfrente del edificio de la SCJN y las firmas con las que apoyaron su petición, influyeron en el ánimo de Azuela para tomar dicha medida; asimismo, adelantó que presentarán testimonios, fotografías y la documentación suficiente para que el pleno de ministros ordene la indagatoria.
Cabe señalar que además de esta demanda, la litigante y la dirigencia del FPDT solicitaron también la intervención del ministro presidente, para que en su carácter de presidente del Consejo de la Judicatura Federal haga un llamado al juez primero de distrito en materia de amparos con sede en Toluca, Willy Vega, para que acelere la resolución de los amparos que interpusieron los atenquenses detenidos en contra del auto de formal prisión que les fue dictado.
Y aunque el juez Vega ya emitió una resolución, no dejó satisfechos a los demandantes, en razón de que se limitó a señalar que dichos autos de formal prisión eran "improcedentes", porque el juzgado segundo de lo penal con sede en Almoloya de Juárez, cuyo titular es Jaime Maldonado, quien emitió las sentencias impugnadas, no tenía jurisprudencia para hacerlo, pero no decretó el auto de libertad.
Eso le correspondía a un juez con sede en Texcoco, donde tuvieron lugar los hechos, y no al juez Maldonado, señaló el juzgador; sin embargo, el juez de amparo otorgó 10 días al juez de la causa para que demuestre jurídicamente porqué emitió un resolutivo fuera de su jurisdicción.