Usted está aquí: lunes 19 de junio de 2006 Política Aclaran criterio sobre espots que aluden a dos campañas

En los de candidatos al Congreso atacan a presidenciables

Aclaran criterio sobre espots que aluden a dos campañas

ALONSO URRUTIA

Concebidos como parte central de las campañas negativas, los espots que han servido para desacreditar a los abanderados presidenciales bajo la firma de candidatos al Congreso serán contabilizados en una importante proporción a los propios aspirantes a la Presidencia, según se desprende de un acuerdo de la Comisión de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE).

En el documento se establece que si la difusión de propaganda electoral beneficia a dos campañas -en este caso la presidencial y la de legisladores-, 50 por ciento del costo erogado por cada promocional de este tipo se dividirá a partes iguales para efectos de contabilidad en cuanto a topes de campaña. El restante 50 por ciento podrá ser prorrateado por el partido de la forma como lo prefiera entre las diferentes campañas federales.

Conforme al acuerdo de la Comisión de Fiscalización, en aquellas entidades donde se efectúen elecciones concurrentes (Campeche, Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí y Sonora) y se difundan promocionales que beneficien a ambas campañas, el prorrateo de gastos se realizará en 75 por ciento con cargo al gasto federal del partido y 25 por ciento al local.

Caracterizada por haber sido una campaña en que se han enfatizado los ataques a los candidatos presidenciales opositores, en esta ocasión se debieron establecer criterios para distribuir y prorratear los gastos, ya que aun cuando la mayoría se difunde bajo la firma de candidatos al Congreso, en realidad tienden a causar impacto en la campaña presidencial.

En este sentido, la Comisión de Fiscalización establece: "los promocionales o desplegados que difundan imágenes, la voz, frases, eslogans, el nombre, apellidos o apelativo verbalmente o por escrito de algún candidato de un partido o coalición diferente al que los contrata, serán considerados para efectos de los topes de gastos de campaña del candidato o candidatos federales que contienden contra aquel al que se alude en el promocional o desplegado".

Sólo se establece la salvedad que ya está contenida en el artículo 12.8 del reglamento de fiscalización, que fija la distribución referida de dividir la mitad del gasto en partes iguales a las campañas beneficiadas; el 50 por ciento restante de su valor de acuerdo con lo decidido por el partido, que deberá notificarlo a la autoridad fiscalizadora.

Aquellos promocionales donde se exalte o se critique alguna política pública seguida por algún gobierno en el cual no aparezca ningún candidato, se habrá de contabilizar como un promocional genérico acumulado y prorrateado a la campaña federal del partido que lo difunda.

 
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