Usted está aquí: jueves 8 de junio de 2006 Sociedad y Justicia La arquidiócesis de México busca evadir adeudo

La arquidiócesis de México busca evadir adeudo

JESUS ARANDA

La Arquidiócesis Primada de México, encabezada por el cardenal Norberto Rivera Carrera, pretende desconocer un adeudo por 3 millones de pesos, más intereses moratorios, que le ordenó pagar un tribunal por incumplir un contrato para elaborar imágenes de la Virgen de Guadalupe.

En un amparo directo en revisión que analiza la primera sala de la Suprema Corte, la arquidiócesis alega que la sexta sala civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal interpretó "incorrectamente" el artículo 130 constitucional, porque desde antes de la reforma constitucional de 1992, a las agrupaciones religiosas no se les reconocía personalidad jurídica, por lo que no estaban en condiciones de adquirir derechos y asumir obligaciones. Es decir, que no tiene por qué pagar nada.

De acuerdo con el expediente de la causa, el rector de la Basílica de Guadalupe, Diego Monroy, celebró un contrato con el impresor Othón Corona Sánchez para que digitalizara la imagen de la Virgen del Tepeyac, la cual se utiliza para la venta de diversos artículos.

Sin embargo, de acuerdo con el quejoso, Monroy y el cardenal Rivera vendieron estos derechos a una empresa transnacional por 12.5 millones de pesos, ignorando el contrato signado con él.

Después de varios procesos legales, la sexta sala civil del Tribunal Superior de Justicia le dio la razón, pero determinó que la indemnización debía de ser de 3 millones más intereses moratorios, en lugar de los 12.5 millones de pesos.

La arquidiócesis se inconformó e interpuso un amparo ante el segundo tribunal colegiado en materia civil, el cual le dio la razón a la arquidiócesis pero exclusivamente para que la autoridad judicial determinara el momento en el que la agrupación incurrió en mora o tardanza, derivada de su obligación de elaborar folletos, cuadrípticos e imágenes de la Virgen del Tepeyac.

La entidad que encabeza el cardenal Rivera Carrera no aceptó el fallo judicial e interpuso un recurso de revisión que fue turnado a la Corte, con el argumento de que hubo una interpretación errónea del artículo 130 constitucional, tanto el texto anterior a la reforma de 1992 como el vigente -que regula la actividad de las Asociaciones Religiosas (AR)-, porque dicho precepto no reconocía a las AR como personas morales y, por tanto, éstas carecían de personalidad jurídica.

La arquidiócesis alega que el artículo 130, antes de la reforma de 1992, establecía que los ministros de culto no se obligaban en lo personal sino que obligaban a la AR. Y que por tanto, al no reconocer personalidad jurídica a dichas asociaciones, los ministros "adquirían obligaciones por sí mismos, a nombre y cuenta propios", por lo que no podían asumir responsabilidades a nombre de la arquidiócesis.

El cardenal Rivera Carrera, a través del apoderado legal de la arquidiócesis Bernardo Fernández del Castillo, alega que el artículo 130 niega tajantemente personalidad alguna a las agrupaciones religiosas y, por tanto éstas "no pueden ser titulares de derechos ni asumir obligaciones, ni como sociedades regulares o irregulares.

Este asunto estaba listado para su resolución en la sesión de ayer de la primera sala, pero se aplazó para profundizar en el estudio del tema.

 
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