“Protocolo
de investigación”. Quien ha vivido con VIH por más
de diez años conoce muy bien lo que significa esta frase. En los
inicios de la epidemia de sida en México, estar dentro de un protocolo
marcaba la diferencia entre contar con tratamiento o sucumbir al avance
de la infección.
Un protocolo de investigación consiste en la prueba de un medicamento
o tratamiento que se administra a un grupo de personas y se compara con
otro medicamento ya conocido o contra un placebo (medicamento o tratamiento
inocuo) que se administra a otro grupo de participantes. De acuerdo con
la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, órgano
de la Secretaría de Salud, entre 2002 y abril de 2005 se aprobó la
realización de dos mil 727 protocolos de investigación clínica
sobre medicamentos antirretrovirales para tratar el VIH/sida.
Estas investigaciones científicas, desarrolladas por instituciones
públicas y privadas de salud, a veces con la colaboración
o el patrocinio de la industria farmacéutica internacional, han
significado grandes avances. En los últimos diez años se
han lanzado una gran cantidad de fármacos que están logrando
que el VIH/sida deje de ser un padecimiento mortal, para convertirse en
una infección crónica.
Sin embargo, no todas las investigaciones clínicas que se proponen
probar la efectividad y la seguridad de los medicamentos siguen los lineamientos éticos
recomendados. Por ello, es muy importante que los pacientes conozcan sus
derechos y los ejerzan, en caso de acceder a colaborar en un estudio como
estos.
¿Le entro o no?
La participación en una investigación debe ser totalmente
voluntaria e informada, pues puede implicar riesgos: que el medicamento,
prueba o tratamiento no resulte eficaz, cause daños, o provoque
efectos secundarios inesperados e indeseables. En otras ocasiones no existe
riesgo alguno, pues la investigación no interfiere con el tratamiento
usual del paciente, sólo consiste en la aplicación de ciertos
exámenes físicos o psicológicos, como pesar al sujeto,
realizarle electrocardiogramas, exámenes de sangre o de saliva,
etcétera.
El médico está obligado a aclarar con detalle en qué consistirá el
procedimiento y si existen riesgos, para que el paciente pueda decidir
con autonomía si participa o no. Esta obligación está establecida
en la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica
Mundial, que marca los principios éticos que sirven de guía
a médicos e investigadores que realizan actos de experimentación
en seres humanos. De acuerdo con el documento, la preocupación por
el bienestar de las personas que participan como voluntarios debe prevalecer
sobre los intereses de la ciencia y la sociedad.
El Comité de Investigación Científica y de Bioética
del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) —cuyo
Centro de Investigación en Enfermedades Infecciosas (Cieni) es una
de las instituciones que más investigaciones realiza en materia
de VIH/sida—, señala: “la investigación en seres
humanos es necesaria y deseable siempre que aporte nuevos conocimientos
sobre medicamentos,
dispositivos sanitarios o técnicas terapéuticas”, pero
siempre “debe respetar los derechos de los individuos y estar bajo
la observancia de las leyes nacionales e internacionales”.
Si te has decidido a participar
El Cieni del INER ha desarrollado una Declaración de los Derechos
de las Personas en Experimentación, documento que se entrega a cada
uno de los pacientes a los que se les propone participar en una investigación
clínica. Esta guía es útil para quien piense en participar
en algún protocolo de investigación en cualquier institución
pública o privada de salud:
Si yo decido participar como voluntario en estudios de investigación,
debo ejercer los siguientes derechos:
1. Que me expliquen de qué se trata el estudio y qué están
tratando de encontrar.
2. Que me digan exactamente qué me sucederá si participo
en un estudio de investigación.
3. Que me expliquen si alguno de los procedimientos, medicamentos o dispositivos
que se emplearán son diferentes de los utilizados en la práctica
rutinaria.
4. Que me describan con precisión la frecuencia y la importancia
de los riesgos a los que estaré expuesto y de los efectos adversos
de las cosas que me ocurrirán por los propósitos de investigación.
5. Que me digan si puedo esperar algún beneficio, y si así fuera,
cuál sería éste.
6. Que me expliquen otras opciones, si son mejores, iguales o peores que
las del estudio.
7. Que me permitan hacer cualquier pregunta respecto al estudio antes de
dar mi consentimiento para participar, así como durante el transcurso
del mismo.
8. Que me digan qué tipos de tratamientos están disponibles
para mí, en caso de presentarse alguna complicación.
9. Puedo negarme a participar en todo o, si decido hacerlo, puedo cambiar
mi decisión acerca de mi participación antes de que haya
comenzado el estudio. Esta decisión no afectará mis derechos
para recibir atención médica.
10. Debo recibir una copia del documento que respalda mi consentimiento
para participar en esta investigación.
11. Nadie puede ni debe presionarme cuando yo esté considerando
tomar la decisión de participar o no en el estudio.
Ante cualquier violación a la ética y a las garantías
del paciente, se puede acudir a la Comisión Nacional de Arbitraje
Médico (Conamed), instancia encargada de mediar en la relación
médico-paciente y resolver los problemas de negligencia que pudieran
presentarse.
Conamed
Teléfonos:
01 800 711- 0658
En el DF 5420-7000
www.conamed.gob.mx
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