Usted está aquí: sábado 29 de abril de 2006 Política Fallo de la Corte abarata el costo de un terreno expropiado por la SRA

En un caso idéntico obligó a la delegación Iztapalapa a pagar el monto íntegro

Fallo de la Corte abarata el costo de un terreno expropiado por la SRA

En duda, el cumplimiento de la sentencia; la dependencia puede alegar falta de recursos

JESUS ARANDA

En una decisión light, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emplazó a la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) a pagar 97 millones 500 mil pesos al dueño de un predio ubicado en la ciudad de Monterrey por la expropiación de ese terreno ejecutada en 1940.

En un asunto semejante, la Corte obligó en 2002 a la delegación Iztapalapa a indemnizar con 31 millones de pesos al dueño de un predio expropiado años atrás, y amenazó al encargado de despacho con destituirlo y procesarlo penalmente si desacataba la orden.

En esta ocasión, pese a que la mayoría de ministros estableció un plazo de 60 días naturales para el cumplimiento de la orden, en el dictamen no se precisa que en caso de incumplimiento el titular de la SRA será destituido y sancionado por no cumplir la sentencia de amparo, tal como se estipula en el artículo 107 constitucional, fracción XVI.

Ministros consultados reconocieron que el dictamen fue "sumamente benévolo" con la autoridad federal, ya que la SRA no está realmente obligada a cumplir la sentencia, debido a que puede alegar que el presupuesto de egresos de este año ya fue asignado.

En todo caso, añaden, la dependencia buscaría que se incluya una partida especial para que el pago se realice en 2007; sin embargo, esta decisión estaría sujeta a que "haya disposición de recursos.

"Lo más seguro es que la Secretaría de la Reforma Agraria entregue a los quejosos una cantidad mínima como adelanto, por lo que el resto quedaría pendiente."

Justicia pronta y expedita

La resolución del caso tomó a la SCJN más de 66 años. No obstante, los ministros que conformaron la mayoría argumentaron que el máximo tribunal del país tenía que cumplir con lo establecido en la Constitución de que la justicia debe ser "pronta y expedita".

Por su parte, la SRA decidió apegarse a un convenio de la Corte que data de 2003, que refiere que el pago de una expropiación debe hacerse con base en el costo que tenía el terreno al momento de la apropiación y después hacer la actualización correspondiente.

De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se concluyó que la indemnización debería ser de sólo 15 millones de pesos.

Pero la propuesta no fue aceptada por el quejoso. Según el convenio signado en 2003, la Comisión de Avalúos de Bienes Inmuebles Nacionales elaboró un peritaje en el que precisa que el valor del predio es de 227 millones 500 mil pesos.

Ese mismo año el dueño del terreno planteó que era mejor rescatar "de lo perdido lo que aparezca" y propuso a la SRA que pagara únicamente 97 millones de pesos, aunque en una sola exhibición, y concluir de esa manera el problema.

Sin embargo, ante el incumplimiento de la dependencia, los ministros que conformaron la minoría en este caso (José Ramón Cossío, Margarita Beatriz Luna Ramos, Genaro Góngora Pimentel y José de Jesús Gudiño Pelayo, quien elaboró el dictamen en sentido opuesto al aprobado), consideraron nulo el convenio y se pronunciaron por que el asunto se devolviera al juez primero de distrito en materia administrativa, quien tendría que ordenar un nuevo peritaje y el pago completo de la indemnización.

Al final prevaleció la idea de que era mejor "ahorrarle dinero" al gobierno federal y dejar la indemnización en los términos originales pactados por las partes, aunque sin establecer candados que aseguraran el pleno cumplimiento de la sentencia, como ocurrió con el delegado perredista en Iztapalapa, quien en 2002 estuvo a punto de ser destituido porque puso en duda el cumplimiento de la sentencia de amparo que lo obligaba a pagar 31 millones de pesos.

 
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