Insulto, lo estipulado en el Código Financiero, señala
Eximir del pago de la tenencia los vehículos robados, pide legisladora
Ampliar la imagen La diputada panista Gabriela Cuevas propuso agregar al Código Financiero un artículo 182 bis, a fin de que propietarios que sufrieron el robo de sus vehículos no paguen tenencia por ellos. En la imagen de archivo, operativo de la SSP en una casa de la colonia Lomas de Cristo, donde desmantelaban taxis Foto: Alfredo Domínguez
La diputada local de Acción Nacional (PAN), Gabriela Cuevas, pidió al Gobierno del Distrito Federal eximir del pago de la tenencia a los capitalinos a quienes les hayan robado su automóvil.
Explicó que el Código Financiero del Distrito Federal establece al contribuyente como una obligación el pago de la tenencia, aun cuando su carro le haya sido robado. Lo que la legisladora calificó de insulto para los ciudadanos, porque además de sufrir la pérdida de un bien material debe pagar impuestos sobre algo que ya no posee".
En conferencia de prensa, la panista comentó que en 2005 los propietarios de más de 12 mil vehículos robados tuvieron que pagar la tenencia para que la aseguradora les pudiera entregar el monto total de la póliza de seguro.
Apoyada en cifras de la Procuraduría General de Justicia del DF y de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), Cuevas Barrón manifestó que al día se roban alrededor de 75 automóviles, es decir, más de 27 mil al año. Mientras que la marca más "solicitada" por la delincuencia es el Tsuru, de Nissan.
Puntualizó que la propuesta es incluir en el Código Financiero un artículo 182 bis, en el que se establecería que se exime del pago del impuesto en este capítulo a las personas físicas y morales, "tenedoras o usuarias de los vehículos automotores, en el caso de que éstos les sean robados".
Aclaró que esto procederá siempre y cuando se haya dado de alta al vehículo y el robo haya sido en la ciudad de México.
En caso de que el impuesto ya hubiese sido pagado, el contribuyente tendrá el derecho a obtener la devolución del pago.