Usted está aquí: jueves 15 de diciembre de 2005 Política Facultan al ISSSTE para comprar cartera de créditos hipotecarios

Aprueban en San Lázaro reformas para fortalecer el fondo de vivienda

Facultan al ISSSTE para comprar cartera de créditos hipotecarios

ROBERTO GARDUÑO Y RENATO DAVALOS

Ampliar la imagen La otrora panista y ahora diputada independiente Tataiana Clouthier obsequi�er un ramo de flores a la perredista Martha Luc�Micher FOTO Francisco Olvera Foto: Francisco Olvera

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del ISSSTE que permiten la separación de los recursos del fondo de vivienda que los patrones realizan en favor de los trabajadores. Con ello el instituto dispondrá de los recursos que se requieren para comprar la cartera de 60 mil créditos contratados entre 1989 y 1997, cofinanciada por el Fovissste y los bancos privados.

A la fecha ese monto representa un adeudo de 4 mil 420 millones de pesos, que partía de un saldo original de 2 mil millones de pesos.

Esta medida, según el dictamen aprobado y presentado por la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, permitirá que el Fovissste tenga ahorros sustanciales en estos créditos y se evite con ello un mayor daño al fondo de vivienda y a los recursos de los trabajadores.

A juicio del diputado Miguel Alonso Raya, presidente de la comisión, la separación de los recursos del fondo de vivienda ya no requerirá de la autorización de la Secretaría de Hacienda para que el Fovissste negocie la compra de la cartera con los bancos tenedores. Esta circunstancia estaba prohibida en la anterior legislación.

La reforma, recordó, contó con el respaldo de todas las fuerzas políticas en San Lázaro.

Indicó que el pasado 25 de octubre un grupo plural de diputados suscribió un punto de acuerdo para solicitar a Hacienda la ampliación del presupuesto del Instituto Federal Electoral, que sería financiada con disponibilidades de las reservas del Fovissste.

En la sesión de ayer, la última del año, la Cámara de Diputados también aprobó reformas a la Ley de Instituciones de Crédito. Las modificaciones facultan a diversas autoridades para solicitar y recibir información bancaria y fiduciaria.

Los organismos autorizados para requerir esa información serán la Procuraduría General de la República, la Procuraduría General de Justicia Militar, la Secretaría de Hacienda, la Tesorería de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Federal Electoral.

El conducto para hacerse de estos datos será la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. El texto señala que el acceso a la información financiera ayudará a ejercer las funciones encomendadas, así como a la supervisión y fiscalización de los recursos públicos o la investigación de hechos ilícitos.

Precisa que los datos proporcionados por las instituciones de crédito sólo podrán ser utilizados de las situaciones que correspondan a los términos establecidos en la ley.

Si un servidor público quebranta la reserva de las actuaciones u otorga copia de los documentos respectivos, será sujeto de un procedimiento de responsabilidad administrativa, penal o civil, según corresponda.

Para fomentar el mercado habitacional también se aprobaron ayer reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y a la Ley de Instituciones de Fianzas, además a la Ley sobre Contrato de Seguro.

En el documento se plantea que los seguros de crédito a la vivienda serán una garantía financiera adicional que protegerá a los prestamistas ante posibles pérdidas originadas por incumplimiento de los deudores.

También sobresale que los seguros de crédito a la vivienda apoyarán a los solicitantes de un préstamo en la adquisición de casas de mayor valor.

El dictamen aprobado también establece los plazos mínimos para la vigencia del seguro, permitiendo su ampliación mediante un pacto expreso.

Se prevé que tratándose de seguros de responsabilidad con carácter obligatorio, la aseguradora tendrá la responsabilidad de cubrir hasta los montos de indemnización o las sumas aseguradas en las disposiciones legales vigentes al celebrarse un contrato.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.