El monto de esas transacciones a escala mundial representa 5% del PIB global
Propone Convergencia recluir hasta 20 años a responsables de lavado
El grupo parlamentario de Convergencia presentó una iniciativa para imponer de entre 10 a 20 años de prisión y multa de cinco a 10 mil días de salario mínimo a personas relacionadas con lavado de dinero. Además esas modificaciones evitarán el burocratismo y la multiplicidad de unidades gubernamentales que actúan en la investigación de delitos financieros y de dicho ilícito, informó el diputado Jesús Martínez Alvarez.
El coordinador de esa fracción parlamentaria subrayó que el monto de las transacciones por lavado de dinero a escala mundial representa casi 5 por ciento del producto interno bruto global; es decir, entre 300 mil y 400 mil millones de dólares anuales.
Esa actividad ilícita, detalló, genera un incalculable costo social e impone una peligrosa cuota de corrupción en los mercados financieros, mientras en los sistemas políticos socava instituciones democráticas, destruye el estado de derecho y perjudica el orden cívico.
El diputado refirió que es necesario modificar el marco jurídico existente y los mecanismos de supervisión bancaria para hacer eficaz la lucha contra el lavado en México; dichos mecanismos "deben ser parte fundamental en el combate contra la inseguridad, el secuestro y, en general, el crimen organizado".
La propuesta de ese partido plantea modificar los párrafos primero, cuarto y quinto del artículo 400 bis del Código Penal para endurecer la pena corporal y económica.
Del párrafo primero de la citada legislación, Martínez dijo que actualmente impone sanciones de cinco a 15 años de prisión y de mil a 5 mil días de multa a la persona que adquiera, enajene o administre derechos o bienes de cualquier naturaleza que procedan o representen una actividad ilícita.
Sobre el párrafo cuarto, que establece que para proceder penalmente se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Martínez Alvarez solicitó que cualquier institución que forme parte de los órganos federales de supervisión bancaria y financiera o de las unidades de investigación de la Procuraduría General de la República puedan hacer la denuncia respectiva.
En tanto, la modificación al párrafo quinto permitiría que las entidades que presenten la denuncia puedan ejercer facultades de comprobación del delito.