Usted está aquí: lunes 7 de noviembre de 2005 Política Será el Cisen superespía de funcionarios y ciudadanos

Listo, el reglamento de la Ley de Seguridad Nacional y los nuevos atributos del centro

Será el Cisen superespía de funcionarios y ciudadanos

Se norman facultades para intervenir comunicaciones privadas de servidores públicos

Luz verde a actividades para infiltrar organizaciones consideradas "factores de riesgo y amenaza"

GUSTAVO CASTILLO Y JESUS ARANDA

Ampliar la imagen En una imagen de archivo, el marchista Bernardo Segura se somete a la prueba del pol�afo en Multivisi�OTO La Jornada Foto: La Jornada

El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) aplicará de manera sistemática a todos los servidores públicos federales exámenes sicológicos y poligráficos (detector de mentiras). Con su "autorización" podrá vigilarlos, seguirlos e intervenir sus comunicaciones privadas.

Además tendrá facultades para solicitar a la Secretaría de Hacienda la aplicación de auditorías a cualquier persona física o moral, cuando tenga "indicios" de amenaza para la seguridad nacional, y podrá dotar de falsas identidades a sus agentes para "infiltrar factores de riesgo y amenaza" cuando considere que esté en peligro la seguridad del Estado.

Lo anterior forma parte del proyecto de reglamento para la Ley de Seguridad Nacional (en vigor desde el 31 de enero de 2005) que ha elaborado el Poder Ejecutivo federal y que está listo para publicarse en el Diario Oficial de la Federación en los próximos días.

En el documento se señala que "para la producción de inteligencia" las instancias involucradas "podrán apoyarse en las infraestructuras de servicios públicos y privados necesarios, sin afectar en ningún caso las garantías individuales ni los derechos humanos".

En el anteproyecto desarrollado por el Cisen y los representantes de las instituciones que componen el Consejo de Seguridad Nacional se incluye la facultad de ese organismo -en el que igual participan civiles que militares- para "integrar el registro y control de la población, además de regular la estancia y tránsito de los extranjeros" en territorio nacional.

Asimismo autoriza a que, antes de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgue, modifique o prorrogue una concesión en el ámbito de telecomunicaciones, el Cisen expida un dictamen al respecto y éste sea tomado en cuenta antes de que el secretario de Gobernación en turno emita su opinión.

Con los argumentos de "proteger al Estado e instituciones nacionales", así como suministrar "información oportuna y confiable" que permita al gobierno federal alternativas de "acción" para la "toma de decisiones" en contra de "agresiones internas o externas" que pongan en riesgo la gobernabilidad de México, el Poder Ejecutivo concluyó la etapa de diseño, análisis y concreción del reglamento de la Ley de Seguridad Nacional.

Este instrumento permitirá el diseño de "dispositivos de seguridad y contrainteligencia capaces de salvaguardar, con el más alto grado de efectividad", al Estado y sus instituciones, así como a las instalaciones consideradas estratégicas".

Presupuesto confidencial

Para ello el Consejo de Seguridad Nacional, integrado por las secretarías de la Defensa Nacional, Marina, Gobernación, Hacienda, Comunicaciones y Transportes, Función Pública y Relaciones Exteriores, así como por la Procuraduría General de la República y el Cisen, contará con un presupuesto de carácter confidencial para el desarrollo de sus actividades.

El proyecto, cuya copia posee La Jornada, dejó de ser un documento en proceso y, según altas fuentes gubernamentales civiles y militares que participaron en el desarrollo final de este ordenamiento, se mantiene la intención de que el Cisen elabore una red nacional de información, que tendrá como parte medular la captación de los datos personales de todos aquellos que laboran en entidades de la administración pública federal.

También se garantizará que en "ningún caso" se restrinja el uso de esa base de datos para "fines de seguridad nacional" a "cualquiera de las unidades de inteligencia y seguridad que hayan sido reconocidas como tales por el secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional".

Es decir, los datos más confidenciales de todo servidor público podrán ser revisados en cualquier momento bajo su-puestos intereses militares, hacendarios, ministeriales o administrativos.

Pero además este reglamento, que no pasará por el Congreso para su aprobación, ya que basta su sola publicación en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor y sea de obligado cumplimiento, plantea que todos los "servidores públicos del gobierno federal autorizarán" al Cisen a someterlos a exámenes de confianza, darles "vigilancia y seguimiento, intervención de comunicaciones privadas" y "evaluaciones sicológicas y poligráficas", con la finalidad "de evitar infiltraciones e infidencias y corrupciones".

Según las fuentes consultadas, el documento final consta de 82 páginas y 91 artículos, y posibilitará la creación de nuevas estructuras en el Cisen, un mando único de todas las áreas de inteligencia que operan en el país, que abarcará desde la Defensa Nacional y Marina hasta la Agencia Federal de Investigación (AFI), sin dejar de lado el área de inteligencia que posee la Secretaría de Hacienda.

Aunque a decir de los funcionarios entrevistados las autoridades militares serán un supervisor de facto, esto no está expresado en ningún ordenamiento, pues la información que se genere en los otros centros de inteligencia y que se considera debe mantenerse en secreto contará con mecanismos que permitirán detectar a la Defensa Nacional quién tiene acceso a ella y trata de obtener un copia o impresión de archivos, sin que esto sea recíproco en otras instancias gubernamentales. En caso de que no sea el funcionario "adecuado", de inmediato se actuará en consecuencia.

Los entrevistados revelaron que entre las nuevas "áreas" que se constituirán en el Cisen está una a la que se denominará "células de alta seguridad", integradas por elementos de todas las corporaciones policiacas federales y efectivos militares. Estas "células" no se mencionan en el reglamento.

En el anteproyecto se establece la obligación de las compañías de telefonía y de sistemas de comunicación de que "proporcionen las interfases y los mecanismos tecnológicos necesarios para permitir la interconexión entre sus equipos y las plataformas tecnológicas del centro (Cisen)", además de que deberán entregar "por escrito su compromiso de confidencialidad debidamente firmado", y "facilitar el acceso a sus bases de datos".

El secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional (cargo que ejerce de manera directa el secretario de Gobernación) "determinará las bases para regular la coordinación, administración y utilización de la red nacional de información relativa a datos personales de la dependencia y entidades de la administración pública federal, así como las condiciones y políticas de seguridad en el manejo de este instrumento de información".

Sin embargo, será el Cisen el que "analizará y definirá los mecanismos para la intercomunicación entre las diferentes plataformas tecnológicas que permitan el intercambio de información segura y confiable entre las unidades de información y seguridad del Estado".

En el apartado "De la intervención de comunicaciones privadas", el anteproyecto señala que el Cisen realizará el espionaje telefónico "conforme a lo dispuesto por la Ley de Seguridad Nacional y las autorizaciones judiciales correspondientes", es decir, que en cada caso deberá ser un juez quien autorice sus acciones. En caso de que las empresas no otorguen "facilidades", "no proporcionen su apoyo o se nieguen a acatar las autorizaciones, el centro deberá notificar de esta falta de apoyo a las autoridades correspondientes".

Dispone, además, que "las empresas de telefonía móvil deberán comunicar la información referente a la ubicación de los servicios solicitados y en general aquella que se requiera para la generación de inteligencia", sin precisar si para ello solicitará autorización judicial.

Tampoco se puntualiza si se retirará la concesión a las empresas que se nieguen a colaborar en tareas de espionaje, pero el ordenamiento obliga a la Comisión Federal de Telecomunicaciones a "recabar la opinión del secretario de Gobernación para el otorgamiento, modificación, prórroga, cesión y revocación de concesiones y permisos en materia de telecomunicaciones, así como de las frecuencias autorizadas". El titular de Gobernación emitirá su opinión "con base en el dictamen que para el efecto expida el Cisen".

En cuanto a actividades de "contrainteligencia", según el proyecto, "deberán ser paralelas e indisolubles de las actividades de inteligencia, a fin de proteger y asegurar su efectividad evitando filtraciones o actividades adversas que pongan en riesgo la decisión y acción estatales, cuestionando su legitimidad a costa de la estabilidad política".

Los agentes del Cisen y los que integren las "células de alta seguridad" podrán obtener una identidad supuesta "por cuatro meses, prorrogables por periodos iguales". Estos elementos podrán "ingresar en instituciones gubernamentales" y ni la secretaría de la Función Pública ni la de Hacienda "podrán establecer responsabilidades administrativas con motivo del doble pago que el agente de inteligencia reciba por su comisión encubierta".

En suma, el reglamento reconoce "la necesidad del Estado de disponer de inteligencia amplia, precisa, confiable y oportuna para neutralizar los intereses adversos al proyecto nacional" para "detectar y neutralizar cualquier tipo de infiltración o actividad adversa al sistema".

 
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