Usted está aquí: sábado 5 de noviembre de 2005 Política Rechaza tribunal estudio que presentó la Femospp como prueba contra Echeverría

El Ministerio Público Federal interpone recurso de revocación y alarga el litigio

Rechaza tribunal estudio que presentó la Femospp como prueba contra Echeverría

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Un tribunal federal rechazó una prueba pericial que ofreció la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), de la Procuraduría General de la República (PGR), dentro del litigio relativo a la matanza del 2 de octubre de 1968, en el cual se solicitó la aprehensión del ex presidente Luis Echeverría Alvarez y otros siete ex funcionarios y militares.

La determinación, de último minuto, emitida por el magistrado José Angel Mattar, titular del segundo tribunal unitario del primer circuito, provocó que el Ministerio Público Federal (MPF) interpusiera ayer un recurso de revocación, lo que alargará el litigio al menos tres semanas.

Ayer debió celebrarse la audiencia final o de vista del caso, pero fue diferida ante la decisión de la PGR de inconformarse por la determinación del impartidor de justicia.

Fuentes judiciales revelaron que con la prueba desechada por el tribunal, la Femospp buscaba dar a conocer al juzgador "el significado sociológico del concepto grupo nacional".

Indicaron que se trata de un análisis del investigador y sociólogo de la UNAM Roger Bartra Muria, en el cual realiza una disertación sobre el significado y la definición de los grupos nacionales que hay en nuestro país, presuntamente con el propósito de que el juzgador llegue a la conclusión de que los estudiantes presentes en la manifestación del 2 de octubre de 1968 pertenecían a una de esas agrupaciones.

Sin embargo, el impartidor de justicia no admitió la prueba básicamente por dos razones: por considerar que el Código Penal Federal define claramente la acepción de grupo nacional que tutela la norma jurídica, y debido a que no dio valor de peritaje al análisis de un investigador de la UNAM, ya que no es autoridad ministerial.

El pasado 22 de septiembre el juez 15 de distrito del Reclusorio Sur, Ranulfo Castillo Mendoza, negó ocho órdenes de aprehensión a la Femospp, entre ellas la de Echeverría, por considerar que la matanza del 2 de octubre de 1968 no fue acto genocida.

Aunque el expediente de consignación de la autoridad ministerial también hizo referencia a la desaparición forzada de Héctor Jaramillo, ex estudiante del Instituto Politécnico Nacional, el juzgador consideró que si bien quedó acreditado el presunto secuestro de la víctima, no hubo elementos suficientes para considerar la posible responsabilidad penal de los ex funcionarios acusados de ese delito.

El litigio será resuelto en definitiva por el magistrado José Angel Mattar, una vez que la PGR presente el documento con los agravios respectivos.

 
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