Exhorta el Senado a San Lázaro a aprobar minuta
Apremian a incrementar pensiones de militares
A propuesta del presidente de la Comisión de Defensa del Senado de la República, Ramón Mota Sánchez, este órgano legislativo solicitó a la Cámara de Diputados dictaminar a la brevedad posible la minuta que reforma la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, remitida a San Lázaro desde noviembre de 2003.
De acuerdo con el documento, se trata de modificaciones que buscan incrementar las pensiones que reciben familiares de militares muertos o incapacitados en acciones de armas, que sufrieron invalidez durante el servicio y tienen más de 14 años en el Ejército, quienes suman 30 años o más años de antigüedad y los que participaron en la Segunda Guerra Mundial.
Asimismo, el Senado de la República pidió también a la colegisladora que tome en cuenta estas modificaciones a la ley respectiva para que los cambios sean considerados en el Presupuesto de Egresos del próximo año.
Pensiones de militares y civiles
En tribuna, el general con licencia Mota Sánchez recordó que fue hasta 2003 cuando se publicó la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, en el que se incluyeron incrementos en las pensiones de militares.
El general con licencia se quejó también de que las pensiones que reciben quienes integran las fuerzas armadas sean menores a las que devengan los civiles.
"Fue un valioso aporte, pero no suficiente", por lo que el Senado aprobó después otra minuta, con la que se autorizó un incremento de 25 por ciento en los haberes (fondos) de los militares retirados y de 35 por ciento para los familiares de un soldado fallecido, informó.
La minuta fue remitida para su análisis a la Cámara de Diputados desde noviembre de 2003 y hasta el momento se ha mantenido en la congeladora, por lo que se hace necesario -dijo el general- que se apruebe, a fin de "proporcionar una vida más digna a los integrantes de las fuerzas armadas".
"No todos serán beneficiados"
El también senador del PRI aclaró que el aumento exigido no beneficiará a todos los jubilados del Ejército o familiares de fallecidos. Unicamente, expuso, a quienes murieron o quedaron incapacitados du-rante acciones de armas, así como para técnicos de vuelo o técnico especial inhabilitados en el servicio.
Asimismo, añadió, para aquellos militares con 30 o más años de servicio, además del personal que constituyó las fuerzas Aérea Expedicional Mexicana que participó en la Segunda Guerra Mundial.