Usted está aquí: domingo 15 de mayo de 2005 Capital Publica el gobierno local el decreto para la elección de comités ciudadanos

A cargo del IEDF, se realizará los sábados y domingos de septiembre y octubre

Publica el gobierno local el decreto para la elección de comités ciudadanos

Su gestión durará tres años; entrarán en funciones el primero de diciembre

GABRIELA ROMERO SANCHEZ

A 16 días de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó las reformas y adiciones a la Ley de Participación Ciudadana, el gobierno capitalino publicó el decreto correspondiente en el número 57 bis de la Gaceta Oficial del DF, en el que se establece que el Instituto Electoral local debe organizar los sábados y domingos de septiembre y octubre las asambleas electivas en las que se elegirá a los integrantes de los comités ciudadanos.

Cada comité ciudadano, uno por unidad territorial, tendrá una gestión de tres años y entrará en funciones el primero de diciembre.

De acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, para que una asamblea ciudadana electiva se constituya se requiere de al menos .5 por ciento del total de electores inscritos en la lista nominal de la unidad territorial correspondiente. En caso de no cumplirse este requisito en una primera convocatoria, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) deberá citar para la siguiente semana a una nueva asamblea.

Se subraya que el IEDF es el responsable de certificar el quórum y llevar a cabo el procedimiento de elección, el cual será mediante el voto universal, secreto y directo de los ciudadanos. El IEDF debe convocar cuando menos 45 días antes de la fecha en que se programe la primera asamblea ciudadana electiva, estableciendo el tiempo de campaña y el calendario de las asambleas, con la fecha, lugar y hora de su realización.

El registro de las planillas se hará una semana después de emitida la convocatoria; las que obtengan el registro podrán realizar actos de campaña mediante propaganda de planillas, voluntarios y módulos de información. Se establece que la propaganda de planillas deberá estar impresa en papel cuyas medidas no excedan de 22 x 28 centímetros, en tonos blanco y negro, identificando el número respectivo de planilla, la propuesta y los perfiles de los candidatos, y una leyenda que promueva la participación en la elección de los comités ciudadanos. Está prohibido hacer alusión a siglas o denominaciones de partidos políticos, así como la utilización de los recursos públicos de éstos para cubrir los costos de las campañas, las cuales deberán ser costeadas por los integrantes de las planillas.

El comité ciudadano estará integrado por nueve personas, y ningún género podrá tener una representación mayor a seis. Es decir, no puede haber siete hombres y dos mujeres, o viceversa.

Aunque la edición impresa del número 57 bis de la Gaceta Oficial del DF, fechada el 16 de mayo de 2005, comenzará a distribuirse mañana, desde el viernes se encuentra disponible en la página en Internet del gobierno capitalino.

 
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