Usted está aquí: domingo 15 de mayo de 2005 Estados La SCJN violó la soberanía de Morelos al atender 3 controversias de Estrada Cajigal

Debió desecharlas; el caso no era un conflicto entre poderes, sino individual: Carrancá y Rivas

La SCJN violó la soberanía de Morelos al atender 3 controversias de Estrada Cajigal

LA JORNADA MORELOS

Cuernavaca, Mor., 14 de mayo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) "violó el pacto federal y la soberanía de Morelos al admitir tres controversias constitucionales y dictar las respectivas suspensiones del acto reclamado" relacionadas con la separación de Sergio Estrada Cajigal como gobernador de Morelos, afirmó el jurista Raúl Carrancá y Rivas.

Al impartir la conferencia Morelos, legalidad o impunidad, el catedrático emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México sostuvo que el ministro que ha llevado el proceso, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, puede ser sujeto de juicio político, pues ha violado la Constitución, y sólo basta que "cualquier ciudadano, uno solo, bajo su propia responsabilidad", presente una demanda ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Carrancá y Rivas explicó que el artículo 40 constitucional establece las características del pacto federal, entre las cualesdestaca que los estados son "libres y soberanos", por lo cual los problemas de régimen interno deberán resolverse en las instancias del estado, así que en el caso del juicio político a Sergio Estrada no debiera haber participado la Corte.

Aclaró que según la demanda de juicio político presentada por abogados morelenses ante el Congreso local, ésta no se querella contra el Poder Ejecutivo de Morelos ni contra su titular, sino contra "la persona de Sergio Estrada", por ser el responsable directo de las acciones del (ex) jefe de la Policía Judicial Agustín Montiel López, preso en el penal de La Palma, quien se relacionó, según esa investigación, con bandas del narcotráfico.

Esto da lugar, según el doctor en derecho constitucional, a que las controversias presentadas por Estrada Cajigal para intentar mantenerse en el cargo debieron ser "desechadas" por "notoriamente improcedentes", dado que el caso no es un conflicto entre poderes, sino un proceso jurídico político contra un individuo "que no estaba cumpliendo" cabalmente con su cargo, sino "perjudicando los intereses de aquellos que lo eligieron".

Según la fracción 13 del artículo 47 de la Ley Federal de los Servidores Públicos, el ministro Anguiano debió "excusarse" de atender este asunto porque fue regidor panista a principios de los años 90 en el ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, la misma filiación del gobernador Estrada Cajigal.

Además, dijo, "no hay una clara y nítida concordancia" entre los bienes de Aguirre Anguiano y su declaración patrimonial, por lo que deja en franca vulnerabilidad jurídica al ministro de la Suprema Corte.

Finalmente, su elección como ministro "es cuestionable de origen" dada su "estrecha vinculación con el panismo y con (el presidente Vicente) Fox", lo que lo convierte en "proclive a la parcialidad".

Carrancá y Rivas recordó que el Congreso local determinó en octubre pasado suspender a Sergio Estrada de su cargo como gobernador, pero que antes de esa decisión el mandatario interpuso una controversia y después otras dos, todas las cuales fueron admitidas, con lo cual obtuvo del mismo ministro tres suspensiones provisionales para evitar ser destituido, aun cuando dos han sido desechadas.

La Corte admitió las tres controversias, dictó las tres suspensiones, pero nunca escuchó a la contraparte, el Congreso local, además de que nunca se allegó de mayores pruebas para determinar su proceder.

En una de las tres controversias, agrega, el texto de la suspensión provisional advierte que "el titular del Poder Ejecutivo no podrá ser removido, suspendido, inhabilitado, arraigado", mientras que en la demanda de juicio político "no se pide remover al Poder Ejecutivo, ni a su titular" sino a la persona de Sergio Estrada.

 
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