Usted está aquí: miércoles 4 de mayo de 2005 Política Evita fallo de la Corte que patrones disminuyan utilidades a trabajadores

Determina que el cálculo del reparto no debe considerar pérdidas de ejercicios pasados

Evita fallo de la Corte que patrones disminuyan utilidades a trabajadores

JESUS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el cálculo para el reparto de utilidades, al que tienen derecho los trabajadores, no debe tomar en cuenta pérdidas de ejercicios fiscales anteriores, sino únicamente se deben sumar los ingresos acumulados menos las deducciones autorizadas en la ley.

Esto en razón de que "el mandato de la Constitución es que los trabajadores deben participar de las utilidades de las empresas y no de sus pérdidas", precisó el ministro Genaro Góngora Pimentel.

Por ocho votos contra dos, los ministros establecieron que debe prevalecer el criterio de "utilidad fiscal", el cual consiste en disminuir a los ingresos acumulables el total de deducciones; en lugar del llamado "resultado fiscal", en el que a la suma total de ingresos se restan las deducciones del año y a este resultado se le amortizan pérdidas, "con lo cual se rebaja aún más el monto de la utilidad".

Al resolver amparos relacionados con la constitucionalidad de los artículos 16 y 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se refieren a la manera de calcular el monto de las utilidades de los trabajadores, la mayoría coincidió en que la participación de éstas es un derecho de los empleados para percibir parte de los resultados del proceso económico, de producción y distribución de bienes y servicios, "cuyo principio fundamental consiste en regular el justo equilibrio económico y social".

Sin embargo, el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano criticó la postura de la mayoría, al señalar que "so pretexto de dar una interpretación a lo dicho por la Constitución" se apoya la idea de una "economía ficción", en la que "la realidad fenomenológica" es que las pérdidas hay que amortizarlas y después de ello se tiene la utilidad. Esto es una realidad, subrayó.

En cambio, añadió, "jugar el juego de la realidad en materia de economía es lo que hace crecer las fuentes de trabajo. Por favor -insistió-, jugar reglas de ficción so pretexto de beneficio inmediato a los trabajadores trae mayor perjuicio". Por tal razón, dijo, lo más "protectivo" que podemos hacer es aceptar la realidad de la economía. Y aunque aseguró que ello no quiere decir que "se sigan las reglas de mercado a ultranza", lo cierto es que la racionalidad de las utilidades nos lleva a eso, porque "todo lo demás es ficción, y es una ficción que daña a la larga".

En desacuerdo con Aguirre y con la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, Góngora Pimentel expresó: "se ha dicho que el que se esté pagando la participación de utilidades a los trabajadores hace que las empresas mexicanas no sean competitivas, pero lo que pasa es que la participación a los trabajadores está en la Constitución". Remató: "si no les parece, y si consideran que las utilidades afectan la competitividad empresarial, pues que lo quiten de la Constitución, pero mientras tanto que se pague".

Además, recordó que la propia Corte estableció recientemente que las cantidades erogadas por concepto de utilidades a los trabajadores sí pueden ser deducidas de impuestos.

Al igual que sus compañeros, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero, Juan Díaz Romero, José Ramón Cossío y Mariano Azuela, Góngora comentó que resulta improcedente también la intención de las empresas que presentaron amparo -a las que se negó el derecho de deducir pérdidas de años anteriores-, porque los trabajadores pueden generar mayor utilidad en términos económicos y fiscales en un determinado año, y por tal razón tienen derecho a participar de esa utilidad, independientemente de que la empresa hubiera reportado pérdidas en años previos.

Y aunque el ministro Díaz Romero admitó que las empresas se las ingenian para no pagar a sus trabajadores las utilidades que les corresponden, es preferible que se mantenga el esquema actual de no restar las pérdidas de años anteriores.

 
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