Usted está aquí: jueves 17 de febrero de 2005 Política Anula juez orden de captura contra Rogelio Montemayor

El ex director de Pemex consigue la protección de la justicia

Anula juez orden de captura contra Rogelio Montemayor

El MP no acreditó que el ex funcionario haya desviado fondos a la campaña priísta de 2000, según el juzgador

*

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) Rogelio Montemayor Seguy obtuvo un amparo contra la orden de aprehensión que libró en su contra, desde 2002, el juzgado 13 de distrito del Reclusorio Sur, por el delito de peculado electoral.

De esta forma el ex funcionario logró demostrar, en primera instancia, que la Procuraduría General de la República (PGR) no tiene pruebas suficientes para acreditarle que haya desviado más de 500 millones de pesos provenientes de fondos públicos de la paraestatal que fueron depositados al sindicato petrolero con la supuesta finalidad de financiar la candidatura presidencial del priísta Francisco Labastida Ochoa en 2000.

Amado Chiñas Fuentes, juez cuarto de distrito A de amparo, determinó el martes que sí procede conceder la protección de la justicia federal a Montemayor, porque no se acreditó en forma plena el cuerpo del delito que le imputa la autoridad ministerial, y debido a que el juzgado 13 no aplicó un criterio jurídico ''correcto'' al librar la orden de captura.

Sin embargo, el juicio de garantías puede continuar ante un tribunal colegiado, en caso de que la PGR solicite la revisión de la sentencia. Para ello cuenta con 10 días hábiles, plazo que concluirá el primero de marzo.

De acuerdo con la resolución del juicio 2607/2004-6, a la que La Jornada tuvo acceso, el juez Chiñas consideró que "no se advierte indicio alguno del que pudiera referirse que el agraviado haya desplegado la conducta que se le atribuye al haber suscrito el convenio administrativo 9399 de 5 de junio de 2000, ya que si bien es cierto que del glosario probatorio se evidencia que el quejoso suscribió el citado convenio, también lo es que tan singular aspecto es insuficiente por sí mismo para demostrar que el convenio fue en realidad una simulación mediante la cual se desviaron recursos de Pemex al PRI, utilizando al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) como interpósita persona".

Además, el juez refiere que lo anterior se afirma "no obstante que de autos esté probado que el numerario que erogó Pemex (unos 650 millones de pesos) con motivo de la suscripción del citado convenio no redundó en ningún beneficio para los agremiados al sindicato, (...) ni tampoco se puede deducir que el citado numerario ingresó a las arcas del PRI, pues en autos no existe prueba alguna que conlleve a determinar que el quejoso pudo haber incurrido en un acto delictivo de tipo electoral.

''Tampoco existe prueba alguna de la que se infiera que haya existido un acuerdo previo con los dirigentes del PRI o con los representantes del STPRM para llegar a tal fin, pues si bien es cierto que el peticionario de garantías actuando como director general de Pemex firmó el convenio 9399, ello fue con motivo de la petición -denominada acuerdo laboral- que le hicieron los representantes del sindicato".

Aunque el juzgador analizó el fondo de la demanda de garantías, y por ello llegó a la conclusión de amparar al ex funcionario -quien está sujeto a proceso por otro delito (peculado) derivado del Pemexgate-, también determinó que no había elementos jurídicos para analizar una de las peticiones que los abogados del quejoso hicieron en la demanda, respecto a que la PGR no puede ejecutar la orden de aprehensión por peculado electoral, ya que el gobierno de Estados Unidos otorgó la extradición de Montemayor, en septiembre de 2004, únicamente por los delitos de peculado y ejercicio indebido del servicio público.

Por esa razón, de acuerdo con fuentes judiciales, se prevé que tanto la defensa de Montemayor como la PGR soliciten la revisión de la sentencia del juez Chiñas ante un tribunal colegiado, el cual podría ser el décimo de circuito, pues ese órgano jurisdiccional conoce de otros recursos relacionados con el Pemexgate.

En caso de que el amparo sea confirmado en segunda instancia o que ninguna de las partes del juicio pida la revisión y entonces la sentencia cause ejecutoria (finalice en todos sus plazos), Montemayor se habrá librado del cargo más importante, ya que el delito de peculado electoral está tipificado como grave en el Código Penal Federal y por ello no alcanza el derecho a libertad bajo caución.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.