.
Primera y Contraportada
Editorial
Opinión
El Correo Ilustrado
Política
Economía
Mundo
Estados
Capital
Sociedad y Justicia
Cultura
Espectáculos
Deportes
Fotografía
Cartones
CineGuía
Suplementos
Perfiles
La Jornada en tu PALM
La Jornada sin Fronteras
La Jornada de Oriente
La Jornada Morelos
La Jornada Michoacán
Librería
Correo electrónico
Búsquedas
Suscripciones
Obituario

P O L I T I C A
..

México D.F. Lunes 4 de octubre de 2004

PRI y PAN avalarán tal tesis en la sección instructora

Bejarano perdió fuero desde que pidió licencia como asambleísta

ENRIQUE MENDEZ

Los grupos parlamentarios de PRI y PAN en la Cámara de Diputados se preparan a plantear que René Juvenal Bejarano Martínez perdió el fuero al momento de solicitar licencia como asambleísta. La tesis, que los partidos fundamentan en argumentos tanto políticos como jurídicos, será defendida por ambos partidos en la sección instructora para que sea el eje del dictamen que se presentará al pleno camaral.

El diputado panista Alvaro Elías Loredo, integrante de la sección instructora, afirmó que según "la interpretación correcta" del artículo 112 constitucional, Bejarano perdió el fuero al haberse retirado del encargo como diputado local. A partir de que la Cámara confirme el dictamen, afirmó, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal podrá actuar.

"A veces no se valora suficientemente este tipo de temas, pero sería lo adecuado. La consecuencia lógica es que el servidor público denunciado, a partir del momento en que el pleno aprobara nuestro dictamen en esos términos, quedará sujeto a lo que la procuraduría determine con arreglo a derecho", afirmó.

El legislador panista refirió que en su Derecho constitucional mexicano Ignacio Burgoa Orihuela señala que "el funcionario investido con fuero de no procesabilidad sólo goza de él cuando desempeña el cargo respectivo y no durante el lapso que dure la licencia que hubiese obtenido para separarse de él temporalmente". También citó a Felipe Tena Ramírez, quien advierte que el fuero salvaguarda la función y sólo indirectamente al funcionario.

Sin embargo, el artículo 112 define que "no se requerirá declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando alguno de los servidores públicos a que hace referencia el párrafo primero del artículo 111 cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo".

Cuestionado respecto de las críticas que recibiría la sección instructora por presentar, ocho meses después de que Bejarano solicitó licencia, la conclusión de que desde entonces no tenía fuero, Alvaro Elías Loredo dijo que, en todo caso, serían en el mismo sentido que recibe y enfrenta un juez cuando declara que no procesará a una persona. "Nosotros debemos actuar con la ley y la decisión deberá entenderse como un esfuerzo de las instituciones con el propósito de tener un estado de derecho, de combatir la arbitrariedad y la impunidad."

L.os diputados priístas analizan la posibilidad de que sus dos legisladores en la sección instructora voten por un dictamen en el cual se sostenga que, al solicitar licencia, René Bejarano dejó de tener fuero y, por tanto, se puede actuar en su contra.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año
La Jornada
en tu palm

Av. Cuauhtémoc 1236 Col. Santa Cruz Atoyac
delegación Benito Juárez México D.F. C.P. 03310
Teléfonos (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00
Coordinación de Publicidad
Tels: (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00
Exts: 4329, 4308, 4137 y 4104

Email
Coordinación de Sistemas
Teléfonos (55) 91 83 03 11 y 91 83 03 77

Email

  © Derechos Reservados 2003 DEMOS, Desarrollo de Medios, S.A. de C.V.
Todos los Derechos Reservados. Derechos de Autor 04-2003-08131804000-203.
Prohibida la reproducción total o parcial del contenido sin autorización expresa del titular.
El título y contenido se encuentran protegidos por la legislación de la materia en la República Mexicana.