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México D.F. Jueves 23 de septiembre de 2004

Martí Batres Guadarrama

Fue la PGR con la asesoría de Azuela

Todo el prestigio que había logrado la Suprema Corte de Justicia de la Nación a partir de 1995 y hasta la fecha se ha hecho polvo en unos días. El descubrimiento de una reunión secreta que tuvieron los titulares del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial de la Federación está llevando a la Corte a un descrédito que podría esperarse en la época del autoritarismo, pero no en la transición democrática. Imparcialidad, separación de poderes y justicia son conceptos que han quedado despojados de su contenido. Es cierto que la reunión entre funcionarios de diversos poderes debe ser vista como algo normal.

Es cierto que no es condenable de antemano que se reúnan servidores públicos del Poder Ejecutivo con otros del Poder Judicial o del Poder Legislativo. El problema de la reunión del 6 de abril no es la reunión misma, sino su contenido, hecho grave que la mantuvo en secreto hasta que fue cometida una infidencia de una persona muy cercana al presidente Vicente Fox.

Acaso dicha indiscreción no fue accidente. Las cosas se han colocado de tal manera que se ha puesto al Poder Judicial y particularmente a la Suprema Corte como los responsables del juicio de desafuero y eventualmente del juicio penal que pretende seguirse en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal. Se dice machaconamente, como para convertirlo en eslogan, que la Procuraduría General de la República (PGR) y el gobierno federal mismo sólo obedecieron una orden del juez, y que por eso se ha procedido en contra de López Obrador.

El propio presidente Fox afirmó en días pasados que el asunto del desafuero "es un pleito entre la Corte y el Gobierno del Distrito Federal"; da la impresión de que el propio gobierno federal ha utilizado al Poder Judicial como escudo protector para canalizar la irritación social contra el desafuero hacia ese poder, eludiendo su responsabilidad.

La subordinación del Poder Judicial federal al Poder Ejecutivo ha quedado descubierta; el papel bochornoso que ha jugado Mariano Azuela no encuentra asidero de defensa. Eso está claro. Pero vale la pena precisar con toda claridad que la decisión de proceder penalmente en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal no es del Poder Judicial, sino del Poder Ejecutivo federal, especialmente de la PGR. En todo caso Azuela ha jugado el triste papel de asesorar al gobierno federal para "atorar" y "cuadrarle" las acusaciones penales al jefe del Gobierno capitalino.

Es completamente falso que un juez haya ordenado a la PGR actuar penalmente en contra de Andrés Manuel López Obrador. Pero además desde el punto de vista jurídico es una estupidez decir que un juez ordenó al Ministerio Público ejercer la acción penal contra el jefe de Gobierno, puesto que de acuerdo con el artículo 21 constitucional y el 102 apartado A del mismo ordenamiento perseguir e investigar los delitos sólo corresponde al Ministerio Público, y por ende cuenta con el monopolio de la acción penal, pudiendo él y sólo él determinar si existen elementos para el ejercicio de la acción penal, sin que ningún factor externo se lo pueda ordenar.

El propio desplegado del Poder Judicial de la Federación (La Jornada, 18/5/04) dice: "mediante sentencia dictada el 15 de octubre de 2003, el juez cuarto de distrito A de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal... otorgó el amparo... para el único efecto de que, en un plazo de 30 días, (la PGR) determinara la procedencia o no del ejercicio de la acción penal en la averiguación previa 1339/FESPLE/2001, iniciada con motivo de la violación a la suspensión definitiva determinada en el incidente correspondiente, relacionada con el amparo administrativo 862/2000". En otras palabras, un juez de amparo penal dijo a la PGR que ya resolviera, fuera en el sentido de que sí procedía la acción penal o que no procedía la acción penal. La propia expresión del juez es clara cuando ordena "determinar la procedencia o no del ejercicio de la acción penal". Ahí están las dos alternativas: podía determinar el ejercicio de la acción penal, pero también podía determinar el no ejercicio de la acción penal.

De hecho, frente a los miles de casos que le ha tocado conocer acerca de presuntas violaciones a suspensiones de amparo, la PGR siempre ha resuelto el no ejercicio de la acción penal, y siempre lo ha hecho con el mismo argumento: no existe sanción para el delito de violación a una suspensión en vía de amparo, porque no está señalada en el Código Penal Federal una sanción expresa a la conducta delictiva descrita en el artículo 206 de la Ley de Amparo, y la Constitución en su artículo 14 prohíbe aplicar penas por analogía.

Al recibir la PGR la solicitud de un juez en el sentido de resolver si procedía o no ejercer la acción penal en contra de las autoridades responsables señaladas por violar una suspensión en vía de amparo en el caso del predio El Encino, lo que tenía que hacer la PGR era abrir una averiguación y determinar que no procedía el ejercicio de la acción penal, en este caso no sólo porque no hay sanción como en todos los demás, sino porque además no hay prueba material alguna de dicha violación. Sin embargo, la PGR mantuvo en sus manos el asunto por más de dos años sin resolverlo, hasta que, con la intermediación de Santiago Creel, Mariano Azuela les dio la clave para poder proceder contra el jefe de Gobierno del Distrito Federal, mostrándoles una jurisprudencia que dice que sí hay sanción para el delito de violación a una suspensión, y que ésta es la sanción menor de las dos señaladas en el artículo 215 del Código Penal Federal para el delito de abuso de autoridad. Entonces la PGR desempolvó esa jurisprudencia de 1997, que nunca se había utilizado a lo largo del sexenio. Entonces no es cierta la versión oficial de que el Presidente quería encontrar la fórmula para evitar el desafuero de López Obrador, pues la fórmula ya la tenía en el tipo de resolución que la PGR siempre aplicó en estos casos: no procede el ejercicio de la acción penal porque no hay sanción para este delito. Más bien, por el contrario, el presidente Fox, Santiago Creel y Macedo de la Concha querían encontrar la fórmula contraria para poder proceder en contra del jefe de Gobierno. Esa fórmula se las dio Mariano Azuela, haciéndola de asesor jurídico de la Presidencia y de la PGR, al llevarles la jurisprudencia de 1997, que nunca había sido aplicada por el gobierno federal. Pero la decisión de proceder contra el gobernante de la ciudad fue del Presidente, del secretario de Gobernación y de la PGR, que utilizan hoy a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como escudo sin importarles el hundimiento de su prestigio y su credibilidad.

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