México D.F. Sábado 18 de septiembre de 2004
Presenta demanda penal ante la PGR agrupación gremial de pilotos
Acusan a la coordinación de puertos de discriminación laboral en la Costa Maya
JESUS ARANDA
La Coordinación General de Puertos y Marina Mercante fue acusada penalmente por permitir una serie de anomalías en la terminal marítima Costa Maya, en Mahahual, Quintana Roo, al dejar que pilotos de puerto acreditados y que han prestado el servicio durante años sean desplazados por personal que, de acuerdo con las constancias en poder de este diario, no cumple con la experiencia ni la capacidad necesarias para conducir los cruceros extranjeros que arriban a este puerto, situación que ha puesto en riesgo la seguridad de los turistas que llegan por vía marítima a la zona.
De acuerdo con la denuncia presentada ante la Procuraduría General de la República (PGR) por el Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto, la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante habría incurrido en una serie de violaciones, como impedir la prestación del servicio público de pilotaje a los integrantes del sindicato referido, por "ejercer violencia injustificada", impedir la ejecución de la ley y otorgar indebidamente concesiones para la prestación del servicio de pilotaje.
En este contexto, la capitanía del puerto de Mahahual, dependiente de Alejandro Abel Marcherena Martínez, habría violado la suspensión concedida el 20 de agosto anterior por el juzgado segundo de distrito "B" con sede en Cancún, Quintana Roo, al autorizar el pasado 14 de septiembre que las maniobras de atraque en el puerto quintanarroense fueran realizadas por Rafael Elizondo Larrinaga, cuando los pilotos sindicalizados habían sido favorecidos por la justicia para seguir prestando el servicio hasta en tanto se confirmara la suspensión definitiva solicitada.
Además del problema jurídico, el que la autoridad le permita laborar a Rafael Elizondo Larrinaga fue cuestionado por los pilotos sindicalizados en razón de que éste obtuvo un "certificado de competencia" -para conducir los cruceros a puerto en remolcador-, violando lo dispuesto por los artículos 96, 98 y 99 del Reglamento de la Ley de Navegación, que establece como requisito para el cargo contar "con un mínimo de cinco años al mando de embarcaciones mayores de 5 mil unidades de arqueo bruto", realizar prácticas durante 90 días en el puerto en el que prestará su servicio -porque se requiere conocer la ruta y el lecho marino, para evitar accidentes de los cruceros de grandes dimensiones-, así como aprobar los exámenes teórico y práctico previstos, calificados según el ordenamiento correspondiente.
Además, el aspirante deberá tener experiencia en puertos de primera clase durante un mínimo de cinco años. Sin embargo, hay constancias en el expediente de que Elizondo tenía certificado de competencia en un puerto "de tercera", en tanto que la Costa Maya es de primera, por el calado de los buques, y tampoco ha sido capitán de un barco durante un periodo mínimo de cinco años.
Según los pilotos inconformes, estas y otras irregularidades podrían ser motivo de responsabilidad de funcionarios de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante.
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