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México D.F. Jueves 26 de agosto de 2004
Martí Batres Guadarrama
A qué temen Fox, Macedo y Creel
Vicente Fox, Rafael Macedo de la Concha y Santiago Creel no presentarán su testimonio sobre el caso de El Encino ante la sección instructora de la Cámara de Diputados. Apenas hace unos días Fox declaró que "lo político a lo político y lo jurídico a lo jurídico". Tomando en cuenta que para él el caso El Encino es "estrictamente jurídico", no se entiende que sólo quiera hacer declaraciones políticas y rehúse hacer declaraciones jurídicas sobre un asunto que, según él, es jurídico.
El señor Fox lleva tres meses haciendo declaraciones abiertas, públicas, estridentes en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal en relación con El Encino; acusa, explica, interpreta, da a entender que conoce muy bien el caso, sugiere incluso cuál tendría que ser el sentido de una resolución del órgano legislativo y hasta de una sentencia de un juez, pero resulta que no quiere acudir ante la instancia jurídica que su gobierno escogió para dirimir el caso. Si todo esto es jurídico y no político, Ƒpor qué lanza acusaciones en el terreno político y no acude al espacio jurídico? ƑPor qué tiene miedo a dar dimensión jurídica a sus propias aseveraciones? ƑAcaso teme exhibir sus contradicciones y eventualmente demostrar el sentido puramente político de sus aseveraciones?
Rafael Macedo de la Concha, por su parte, instruyó a sus subordinados a preparar con gran difusión la solicitud de desafuero del jefe de Gobierno de la ciudad a partir de su determinación de sí ejercer la acción penal en su contra. Inmediatamente después, él y sus subordinados han guardado silencio respecto a todos los casos que la Procuraduría General de la República (PGR) ha abordado en relación con el tema que nos ocupa y en general con los casos de violación a suspensiones de amparo. Hasta ahora el procurador no ha respondido públicamente qué ha hecho la PGR frente a los 4 mil 700 casos de violación a suspensiones de amparo que han ocurrido a lo largo de este sexenio, la gran mayoría de funcionarios de la Federación. No nos ha dicho cuántas averiguaciones previas se han abierto al respecto, y menos aún en cuántos casos se ha determinado el no ejercicio de la acción penal y en cuántos más se ha determinado proceder penalmente. En otras palabras, el procurador se muestra estremecido por el miedo a ser exhibido como un funcionario que entre miles de casos ha escogido sólo uno para proceder penalmente: el del jefe de Gobierno capitalino.
Así por ejemplo, cuando la PGR aborda el caso en el que Luz Angélica Ramírez Medina, directora general jurídica y de gobierno de la delegación Miguel Hidalgo, y Arturo Israel Melgoza Pacheco, verificador administrativo de la misma delegación, son señalados autoridades responsables en el juicio de amparo 744/2002 por violar una suspensión al clausurar un establecimiento protegido por la justicia, concluye no ejercer acción penal con la siguiente argumentación: "De lo anterior se desprende que el aludido tipo penal (violación a una suspensión de amparo) no tiene señalada pena alguna. Sobre el particular es conveniente destacar que el tercer párrafo del artículo 14 constitucional a la letra dice: 'En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata'. Como puede verse, el Constituyente consagró como garantía individual a favor de los gobernados el apotegma jurídico penal denominado nulum crimne sine lege de acuerdo con el cual, entre otros aspectos, no es dable estimar que una conducta sea punible cuando sólo se cuenta, dentro de la legislación, con su descripción típica y se carece dentro de aquella del señalamiento de una pena".
El procurador Macedo de la Concha no podría explicar cómo es que para los funcionarios de la Miguel Hidalgo no hay sanción que aplicar y en cambio para el jefe de Gobierno del Distrito Federal sí la hay, cuando la ley, tanto la de amparo como la penal, es exactamente la misma para todos. Por eso no quiere ir a la sección instructora. Pero lo que de plano no se entiende es por qué Santiago Creel no quiere responder preguntas de la sección instructora. Apenas un día después de que apareció la solicitud de desafuero del jefe de Gobierno, el hombre de Bucareli se apresuró a declarar públicamente que "la PGR no tenía para dónde hacerse" en el caso de El Encino, dando a entender que tenía que proceder necesariamente contra el jefe de Gobierno. Si el secretario de Gobernación conoce tan bien dicho expediente jurídico, no debería tener temor a presentarse ante la sección instructora para convencerla con sus argumentos de las razones por las cuales no sólo la PGR, sino también Gobernación, consideran que debe procederse penalmente contra el jefe de Gobierno. Es más, de paso Creel podría explicar cómo es que conoce dicha averiguación previa cuando el artículo 180 del Código Penal Federal describe como conducta delictiva la violación a la secrecía de una averiguación previa de carácter federal. De esta forma podría demostrar a todos lo que significa para él "portarse como hombrecito", pues no parece muy valiente abstenerse de sostener lo que ha dicho públicamente frente a una instancia jurídica de un poder del Estado.
Con su actuar, Fox, Macedo y Creel confirman que no tienen razones jurídicas y que sólo los motiva la lucha sorda por mantenerse en el poder. Por otro lado, está claro que es imposible demostrar cuál es el daño que el jefe de Gobierno hizo a la sociedad en este caso, pues no hay accesos bloqueados al predio El Encino, no hay calle alguna construida que pase por ese predio y no hay expropiación que afecte a los dueños de El Encino, puesto que ha sido ya revertida. Naturalmente, frente a hechos materiales tan contundente, Fox, Macedo y Creel no tendrían nada que decir.
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