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México D.F. Sábado 24 de julio de 2004
El ex presidente enfrentaría cargos mediante arresto domiciliario: Juan Velásquez
Echeverría y coacusados no solicitarán amparo
JOSE GALAN
Luis Echeverría Alvarez y el resto de los acusados por el delito de genocidio, cometido el 10 de junio de 1971, no solicitarán el amparo de la justicia federal, pues están dispuestos a enfrentar cualquier decisión del juzgado segundo de distrito en materia penal, afirmó anoche el abogado Juan Velásquez.
Enclaustrado en su enorme residencia de San Jerónimo, Echeverría Alvarez espera, solitario, la decisión del Poder Judicial sobre su papel el 10 de junio de 1971. Algún ayudante que entra o sale de ésta, un vehículo compacto que no regresó. Sólo dos visitas tuvo el ex presidente de México. Ni sus hijos o parientes cercanos. Tampoco sus abogados. Mucho menos esos políticos priístas, esos grupos de campesinos o, como se acostumbraba decir en su época de oro, "las fuerzas vivas" que enarbolaban su lema "arriba y adelante", se han presentado a la mansión para brindarle apoyo. Atrás quedaron los años del Centro de Estudios del Tercer Mundo, del protagonismo en la política. Ahora queda la soledad del indiciado.
Unicamente su abogado, Juan Velásquez, y un periodista y viejo amigo lo visitaron ayer. Larga jornada en la que su defensor insistió en los puntos medulares con que busca librar la orden de aprehensión: la prescripción del delito de genocidio en 2001, la postura de Echeverría y el resto de los acusados y hacer frente a las acusaciones tomando en cuenta siempre una salida: acogerse al artículo 55 del Código Penal Federal, que habla de arresto domiciliario para aquellos indiciados que tengan más de 70 años de edad.
El defensor consideró que en ese año Echeverría instruyó al entonces procurador general de la República, Julio Sánchez Vargas, a iniciar la averiguación previa sobre los hechos. Sánchez Vargas efectuó las diligencias necesarias durante dos meses, y al no encontrar mayores elementos la archivó. Posteriormente hubo cambios en la Presidencia de la República y en la PGR entró Oscar Flores Sánchez, quien en 1982 sostuvo que al no haber ya mayores diligencias operó la prescripción de los hechos y mandó los expedientes al archivo. Refutó las tesis de los fiscales, al afirmar que a pesar de su insistencia de todas maneras los delitos prescribieron en 2001.
Juan Velásquez sostuvo que sus clientes no solicitarán el amparo de la justicia federal contra la orden de aprehensión porque, explicó, de acuerdo con las recientes enmiendas a dicha ley, los indiciados tendrían que darse a la fuga y entonces solicitar el amparo. "Ninguno de ellos está dispuesto a hacerlo y sí a enfrentar las decisiones del Poder Judicial", subrayó. "El problema es que en los amparos contra las órdenes de aprehensión no hay suspensión por presuntos delitos graves". En este sentido, reveló que su cliente tiene dos alternativas: pedir la protección de la justicia contra la orden de aprehensión pero dándose a la fuga, o enfrentar la resolución judicial con los elementos probatorios de su inocencia. "Podría ser que no se girara ninguna orden de aprehensión, con lo que quedarían absueltos de todo delito, o que pudieran quedar sujetos al artículo 55 del Código Penal Federal, el cual permite a las personas de más de 70 años que no han huido de la acción de la justicia poder enfrentar los cargos mediante arresto domiciliario".
Finalmente, consideró que hoy al mediodía se conocerá la decisión del juez y entonces quedará clara la estrategia a seguir.
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