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HACIA UN NUEVO MODELO DE ECONOMIA EN EUROPA 19 de julio de 2004

Avi Temkin, Jerusalén

La idea de los Estados Unidos de Europa no es nueva. Conservadores, liberales, socialdemócratas y marxistas la han apoyado desde principios del siglo xix. Desde Winston Churchill, el conservador británico, hasta Isaac Deutscher, el biógrafo marxista de León Trotsky, el apoyo a esa idea ha reaparecido de modo periódico. El problema fue, y seguirá siendo, determinar qué tipo de unión sería, quién determinará las políticas externas e internas y, sobre todo, cuál será el sistema social y económico de tal entidad.

El texto de la propuesta constitución de la Unión Europea (UE) recientemente adoptado para su validación por los estados miembros, no creará una unión política total. Los 25 países que la integran no renunciarán a su soberanía, y el Estado nación en Europa seguirá siendo la unidad política básica. Sin embargo, el camino recorrido desde que se firmó el primer tratado de cooperación entre Alemania y Francia en 1957 hasta ahora es impresionante. El compromiso logrado entre los líderes de Europa el pasado 18 de junio es, quizás, uno de los más importantes en dicho recorrido histórico. El documento será probablemente firmado en Noviembre, durante la presidencia holandesa de la unión, y se abrirá un periodo de dos años para que sea ratificado.

UEBruselas1P5Ese proceso implicará un debate y hasta un enfrentamiento político sobre la fisonomía social y económica de la unión. Tres tensiones básicas se advierten en el texto constitucional, que reflejan las corrientes ideológicas existentes en la Europa de hoy: la tensión entre la soberanía de los estados y el deseo de una mayor integración; la contradicción entre incluir y excluir grupos minoritarios actualmente marginados de la sociedad europea, y la tensión entre la solidaridad social, por un lado, y las fuerzas que sostienen un liberalismo a la manera thatcherista como modelo de desarrollo económico.

Un poco de historia. La propuesta de redactar un marco constitucional para la UE surgió en 2002, cuando la expansión con 10 nuevos países se perfilaba como una nueva realidad regional. La idea era dar un paso más en el proceso de unión política, creando dentro de la soberanía de cada Estado una creciente área común legal y social para todos los habitantes de la zona. Para concretar el proyecto se llamó a una Convención Constitucional, con el ex presidente de Francia Valery Giscard d'Estaing a la cabeza. Después de dos años de intentos por encontrar un acuerdo sobre el borrador del documento constitucional, se alcanzaron varios compromisos entre los diversos gobiernos, los distintos intereses representados y las diferentes ideas propuestas. Parte de los compromisos expresaron una solución a ciertas demandas de algunos países ­por ejemplo, la demanda de dar mayor peso en las decisiones a los más grandes respecto de la oposición de los países más pequeños. Otros fueron compromisos ideológicos, como la decisión de no mencionar las filiaciones religiosas, en especial del cristianismo, en la constitución.

Al final de cuentas, los líderes europeos pudieron anunciar el nacimiento de la nueva constitución. Pero no hay que menospreciar las críticas surgidas al texto, provenientes de la derecha e izquierda políticas. Hay que recordar el frecuente abismo entre las ceremoniosas palabras de los documentos de la UE y las acciones de los gobiernos. Recuérdese que para cientos de millones de europeos, la burocracia de Bruselas, el centro administrativo de la unión, representa una entidad lejana, ajena a los intereses y problemas diarios de los desocupados, los inmigrantes, o bien, de los pequeños comerciantes, productores agricultores o los trabajadores. Hay siempre que tomar en cuenta las historias de corrupción que a veces se filtran en periódicos y noticiarios. Sólo cinco días antes del compromiso que hizo posible finalizar el texto constitucional, el pasado 13 de junio, las elecciones al Parlamento Europeo terminaron con avances relativos de las fuerzas que se oponen a una aceleración de la integración política de Europa.

Todo eso no puede soslayarse y, así, evitar recaer en un sobreoptimismo acerca del futuro de la unión. La constitución no entrará en efecto antes de 2007, y hasta entonces demasiadas cosas pueden suceder.

Aun así, no es posible dejar pasar inadvertida la envergadura del texto que podría dirigir las vidas de 500 millones de europeos en un futuro cercano. La propuesta constitución incorpora en un documento único todos los acuerdos que se han firmado hasta la fecha en la región, y establece de manera formal la adherencia de los países de la UE a una política común en lo que se refiere a asilo e inmigración. La nueva unión tendrá una política exterior común, manejará conjuntamente sus fronteras, sobre todo en el este. Por último, y quizás el punto más importante, la constitución reduce considerablemente los ámbitos en que se aplican decisiones que competen a todos los países miembros y deben ser tomadas unánimemente por los gobiernos de los 25 estados. En muchas de esas áreas será necesario solamente contar con el voto de una mayoría que deberá representar por lo menos a 55 por ciento de la población de la unión.

UEBruselas3P4-5La renuncia a una parte de la soberanía de los estados miembros no es concepto desconocido en la UE. Once de los 25 países de la actual UE renunciaron ya en 1999 a la soberanía monetaria, y adoptaron una moneda única, el euro. La política monetaria de la zona euro se determina por el Banco Central Europeo, organismo supranacional, que formalmente no depende de ningún gobierno.

Sin embargo, el nuevo documento podría llevar a la extensión del principio del supranacionalismo a asuntos que, hasta ahora, han sido provincia exclusiva de los gobiernos nacionales y de sus políticas económicas y sociales. Hasta ahora la UE ha respetado cuidadosamente el "principio subsidiario", es decir, no adquirirá nuevos poderes ni establecerá nuevas políticas, sino en casos excepcionales. Pero si la nueva constitución otorga a la unión el derecho de imponer políticas en nuevas áreas, la soberanía sería mermada. Claro ejemplo es el área de la salud pública. Hasta ahora cada país ha determinado su política, decidiendo cuál es la canasta mínima de tratamientos y fármacos que financia el presupuesto. El texto constitucional abre la puerta a una norma paneuropea, parte integral de la legislación y los reglamentos de la unión.

La segunda área a considerar es la relativa a las transferencias fiscales dentro de al unión, es decir, la medida en que los países ricos serán responsables del bienestar social de las naciones más pobres. Esta cuestión está íntimamente ligada a las demandas de la derecha europea de limitar los poderes y el financiamiento del mecanismo administrativo de la unión en Bruselas. Las dos cuestiones se traducen en una oposición a agrandar los presupuestos de la UE y, en los países ricos, de financiar tales presupuestos con recursos obtenidos de su población.

De hecho, el proceso con el que se aprobó la constitución será paralelo al que atiende la planeación y aprobación de los marcos presupuestarios de la unión para los años 2007 a 2013. Eso implica que los debates nacionales sobre la constitución se transformarán en pugnas sobre las transferencias fiscales, es decir, sobre cuál sería la contribución de cada país a los presupuestos anuales y cuáles las partes de cada uno en el gasto de la unión en subsidios y programas de infraestructura. En una nueva unión, Reino Unido, por ejemplo, pagaría 0.51 por ciento de su producto, comparado con 0.31 por ciento actualmente. Los británicos reciben mínimos subsidios para sus agricultores, mientras que los productores franceses recibirían sumas mayores.

Quizás por esto el proceso de ratificación de la constitución tendrá que ser acompañado por reformas profundas, tanto en el contenido de las transferencias fiscales entre países como en las reformas administrativas en Bruselas. No se puede olvidar que seis o siete países, incluyendo a Reino Unido, ratificarán el texto constitucional mediante referendos nacionales. Una población altamente suspicaz del mecanismo burocrático de la UE será convencida de apoyar el nuevo documento sólo si encuentra en los gobiernos y las autoridades una voluntad de cambiar y renovar las estructuras existentes.

En este contexto debe señalarse que el componente del gasto más grande del presupuesto de la unión son los subsidios agrícolas. La unión no podrá seguir gastando 50 mil millones de euros al año en subsidios a granjas y agricultores. Sea cual fuere el poder del lobby agrícola, las sumas han llegado al absurdo, sobre todo si se toma en cuenta la necesidad de financiar el desarrollo económico de los países de Europa Oriental. Recortar los subsidios agrícolas a los agricultores franceses para financiar proyectos de infraestructura en Polonia, no es sólo lógico, sino necesario para establecer un presupuesto más racional. El problema es que la lógica económica no siempre guía a la política. Lo que podría convencer al ciudadano inglés para apoyar una unión más fuerte, sería lo que convencería al francés a oponerse.

Las transferencias fiscales serían muestra evidente de solidaridad entre naciones. La constitución abre la puerta a un debate sobre las formas de la solidaridad social dentro de cada país de la unión. El documento incorpora la Carta de Derechos Fundamentales, firmada hace cuatro años por los líderes europeos, la cual no sólo reitera el respeto a derechos humanos y ciudadanos, sino que también reconoce el derecho de los trabajadores a la representación y la negociación colectivas, establece la necesidad del derecho a la educación, el respeto a las garantías de gente de mayor edad, incluyendo la garantía de un mínimo nivel de vida, prohíbe la discriminación entre hombres y mujeres en la ocupación y el salario.

logo constitucion P5Para la derecha europea, el principal peligro de la carta de derechos, que se convertiría en el artículo 7 de la constitución, es su combinación con el llamado "modelo de mercado social", reflejado en el artículo 14, que haría posible la introducción de una política común en el área de empleo, derechos de los trabajadores y derechos sociales. En esta interpretación, la constitución sería legítima heredera de la tradición socialdemócrata en Europa, o del "liberalismo social". Las referencias al "desarrollo sostenible" y la "solidaridad entre generaciones" sólo subrayan el peso de los factores sociales en la redacción del documento europeo.

Pero esto no contesta una pregunta fundamental: ¿solidaridad con quién? De hecho, lo que se pregunta aquí es si la definición de ciudadanía europea implicada en la constitución sería extendida a quienes todavía no encuentran su lugar en las sociedades de los países de la unión. Qué significado tendría esta constitución para millones de inmigrantes que día a día tratan de entrar en Europa en busca de trabajo y un futuro para ellos y para sus familias.

En algunas de sus versiones previas, la constitución mencionaba la base común en que se sustentaría el proyecto de la UE: el cristianismo. Para quienes crecieron y se educaron en el seno del secularismo liberal, esto fue inaceptable. No sólo sería una clara referencia a la exclusión permanente de Turquía en cualquier esquema futuro. Sería, igualmente, una señal a los contingentes africano y asiático en los centros urbanos de Europa de que su presencia es sólo tolerada como mano de obra barata.

Aun así, la ambigüedad en cuanto al papel del inmigrante en la Europa de mañana se mantiene. El texto del 18 de junio propone armonizar las leyes de inmigración y asilo. Por un lado, esto dejaría a los países más conservadores en materia de inmigración, como Alemania y Reino Unido, sin el derecho de determinar sus propias políticas. Pero, por otro lado, la armonización podría darse siempre sobre criterios aceptables por el nacionalismo europeo. Una política de limitación a la inmigración sería, prácticamente, la necesaria acompañante de una política de exclusión de aquellos "extranjeros" que ya se encuentran en suelo europeo, limitando su movilidad ocupacional y social, y limitándolos a guetos ocupacionales y geográficos, en trabajos de bajos salarios y en condiciones de semiempleo §

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