México D.F. Martes 13 de julio de 2004
Si los consignan, no se esconderán, asegura su abogado
El amparo no exculpa a Echeverría, Moya Palencia y Sánchez Vargas, dicen juristas
ALFREDO MENDEZ ORTIZ
Abogados procesales y constitucionalistas consideraron que el recurso de amparo solicitado la semana pasada por tres ex funcionarios presuntamente implicados en la matanza del 10 de junio, entre ellos el ex presidente Luis Echeverría y quien fuera su secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, no detendrá las eventuales consignaciones en su contra en caso de que la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) ya haya cumplido con los requisitos del artículo 16 constitucional para solicitar el ejercicio de la acción penal contra los indiciados.
Por su parte, el abogado Juan Velásquez, quien defiende a ambos ex funcionarios y al ex titular de la Procuraduría General de la República Julio Sánchez Vargas, aseguró ayer que los delitos que se imputan a sus clientes (homicidio y lesiones) por el asunto conocido como el halconazo prescribieron desde 1982, y sustentó su dicho en una resolución de la PGR emitida en noviembre de ese año, cuando la dependencia declaró prescritos los actos ilícitos.
Tras desmentir que Echeverría se encuentre fuera del país, ''pues está en su casa del Distrito Federal, y si no estuvo el fin de semana fue porque se encontraba de descanso en Tepoztlán'', el litigante refirió que en caso de que la Femospp consigne las averiguaciones previas contra sus defendidos, y un juez les gire orden de aprehensión, ''de ninguna manera se esconderán o evitarán responder los cargos''.
Entrevistados por separado, Clemente Valdés, doctor en derecho constitucional; Julio Hernández Pliego, abogado procesal, y Elisur Arteaga, profesor de derecho constitucional de la UAM, coincidieron en que aunque los quejosos tienen posibilidades de ganar el amparo, en caso de que se comprueben los actos reclamados, lo más probable es que el juicio de garantías quedará sobreseído, una vez que la fiscalía del pasado consigne las averiguaciones previas correspondientes, y sea un juez federal el que conozca del asunto.
El pasado miércoles, la defensa del ex titular de la PGR Julio Sánchez Vargas, así como Echeverría y Moya Palencia solicitaron la protección de la justicia federal mediante una demanda de amparo.
Para Clemente Valdés, autor del libro La prescripción de los delitos de los gobernantes, el juicio de amparo solicitado por los quejosos es independiente de las probables consignaciones que enfrenten, debido a que ''ante el Ministerio Público Federal no se va a llevar a cabo un proceso (contra los ahora indiciados), y no se puede pensar que (la Femospp) debe desahogar todas las pruebas de descargo que pretendan utilizar'' los ex funcionarios para demostrar su inocencia.
Hernández Pliego, profesor de la UNAM, dijo que debido a que la Femospp está actuando como autoridad en los momentos previos a que solicite el ejercicio de la acción penal, ''los actos que realice en la investigación son susceptibles de ser impugnados mediante amparos'' (...) pero en el momento en que consigne las averiguaciones previas ''habrá cambiado la situación jurídica, y los indiciados quedarán a disposición de un juez federal, ante el cual podrán presentar todas las pruebas a su favor que consideren conducentes''.
Elisur Arteaga indicó por su parte que ''de ninguna manera (el amparo) detendría las consignaciones, pero la Femospp debe apresurar la conclusión de sus indagatorias''.
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