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México D.F. Sábado 5 de junio de 2004

Presentan recurso ante el TEPJF; el instituto electoral actuó con "ligereza", señalan

Perredistas disidentes impugnan decisión del IFE de aprobar reformas estatutarias

RENATO DAVALOS

Un grupo de perredistas -Marco Rascón y Salvador Nava, entre otros- interpuso un recurso de impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) contra el Instituto Federal Electoral (IFE) por su "omisión y ligereza" al haber aprobado las reformas estatutarias autorizadas durante el octavo congreso nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), "hechas sobre bases ilegales y, por tanto, nulas".

Cuestionó que el IFE tampoco haya atendido el informe de Samuel del Villar, en el cual se determina el carácter ilícito de los órganos directivos partidistas.

Se registraron hechos que violentaron los derechos de los militantes, señala el documento. Hubo graves infracciones estatutarias en la convocatoria del 10 de diciembre de 2003, cuando se llamó a ese congreso, pues los delegados no se eligieron conforme a derecho. Los mil 100 representantes fueron electos para el séptimo encuentro, convocado para analizar otros asuntos no contemplados en el siguiente, argumentaron. Por ello, los acuerdos tomados "son nulos".

El tribunal, aducen en el documento remitido al TEPJF y firmado también por Carlos Castro, Raymundo Hernández y Ciro Bravo, es el organismo competente para resolver el asunto, en virtud de lo establecido en el artículo 99 constitucional. Recuerdan que en mayo pasado el IFE autorizó la procedencia de las modificaciones estatutarias aprobadas en el congreso celebrado a finales de marzo anterior.

Como agravios, los perredistas señalan que el código electoral vigente establece que es obligación del IFE vigilar que las actividades de los partidos se desarrollen con apego a la ley. Estas no pueden estar sujetas a la discrecionalidad de la autoridad o a la buena fe, sino que deben cumplirse los artículos 73 y 83 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

De "forma ligera", precisa, la resolución de la Comisión de Prerrogativas del IFE afirma haber evaluado la documentación presentada por el PRD para ver si procedían las reformas, pero en el cuerpo de ésta "no existe informe o dictamen que permita conocer procedimiento, criterios o bases legales con que se hizo el análisis de la documentación, ni se da cuenta de alguna sesión o reunión de trabajo en que se haya realizado el estudio".

No obstante, acusan, se aprobaron las modificaciones del octavo congreso sin que se establecieran en el cuerpo de la resolución los fundamentos jurídicos que fueron la base para "confirmar la validez de dicho congreso". Se nota la omisión, añaden los perredistas, para revisar la legalidad del congreso. "Ello causa agravio a los promoventes, pues se afectan los derechos político-electorales y se vulnera la legalidad establecida en el Cofipe.

"No se revisó la legalidad de la documentación presentada por el presidente del PRD al IFE con que se pretende comprobar la validez del octavo congreso, tal como se desprende de lo expresado en el numeral tres del apartado de antecedentes de la resolución que se impugna", precisaron.

Tampoco existió constancia en torno a la verificación para acreditar a los asistentes al encuentro. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos tiene la obligación de llevar el libro de registro de los integrantes de los órganos partidistas. Conforme a la documentación del dictamen del IFE, "no se establece resultado alguno del cotejo de los asistentes tanto al séptimo como al octavo congreso con los registros que tiene la dirección ejecutiva mencionada".

Ese "factor de incertidumbre" fue en detrimento de la supuesta "validez" con que la Comisión de Prerrogativas y luego el Consejo General del IFE aprobaron las reformas. En ningún momento esa comisión dio cuenta del número de asistentes ni de si éstos constituían el número establecido para declarar su legalidad.

Los delegados asistentes al congreso, señalan, debieron ser electos por voto universal y secreto, como contemplan los estatutos. Todo ello deriva en que el IFE no cumplió su obligación de verificar que el "partido transgresor" se apegara a los estatutos y a la ley electoral. Consecuentemente, el "espurio octavo congreso" obró en perjuicio de los militantes.

Los delegados electos el 17 de marzo de 2002 fueron escogidos "única y exclusivamente" para desahogar el orden del día del séptimo congreso y no para el octavo. En consecuencia, no podían aprobar una reforma estatutaria.

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