México D.F. Miércoles 19 de mayo de 2004
Los pasos de Promotora Internacional Santa Fe
El 20 de junio de 2003, Fernando Espejel Cisneros, apoderado legal de Promotora Internacional Santa Fe, dueña del predio El Encino, solicitó al juzgado cuarto de distrito A de amparo en materia penal la protección de la justicia federal en contra del procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, y de otros funcionarios de la dependencia, por haberse abstenido de pronunciarse sobre el ejercicio de la acción penal (en la averiguación previa 1339/FESPLE/2001) en contra del jefe de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, por presunto desacato judicial y abuso de autoridad.
Este juicio de amparo es independiente del incidente de inejecución de sentencia que continúa en proceso en el juzgado noveno de distrito en materia administrativa, luego de que el pasado 24 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó dejar sin materia dicho recurso para que este órgano jurisdiccional determine si la expropiación del citado predio es por causa de utilidad pública, con el propósito de deslindar responsabilidades y fijar la indemnización por el pago del terreno.
El 15 de octubre pasado, el juez cuarto de amparo en materia penal, Amado Chiñas Fuentes, deslindó al procurador Macedo y a sus subordinados de la responsabilidad respecto a no haberse pronunciado sobre el eventual ejercicio de la acción penal derivada del incumplimiento en que habría incurrido López Obrador por no haber respetado una suspensión definitiva (otorgada a Promotora Internacional Santa Fe), para que detuviera las obras en El Encino.
Sin embargo, en esa misma sentencia, el juzgador otorgó el amparo a la empresa propietaria del predio para que, en un plazo de 50 días hábiles, debido a que habían transcurrido seis meses sin que la PGR determinara la procedencia del ejercicio de la acción penal en contra del jefe de Gobierno capitalino.
Esta decisión judicial fue recurrida por el Ministerio Público Federal ante el sexto tribunal colegiado en materia penal del Distrito Federal, el cual analizó los expedientes 1896/2003 y 2016/2003, referentes al abuso de autoridad en que habría incurrido López Obrador al no suspender las obras públicas en El Encino, pese a que el séptimo tribunal colegiado en materia administrativa había ordenado el cese de los trabajos.
Los magistrados del sexto tribunal colegiado en materia penal confirmaron la decisión del juez Chiñas Fuentes (de otorgar el amparo a Promotora Internacional Santa Fe), por lo que se ordenó al titular de la mesa 15 de la Fiscalía para la Atención de Delitos Cometidos por Servidores Públicos que en un plazo de 50 días hábiles (que concluyó el pasado viernes) resolviera si procedía solicitar a la Cámara de Diputados el juicio de procedencia contra López Obrador. ALFREDO MENDEZ ORTIZ
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