México D.F. Sábado 20 de marzo de 2004
Miguel Concha
Reconocimiento acotado de derechos
Por primera vez en su historia, el pasado 3 de marzo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aceptó tratar en sus audiencias el tema del reconocimiento de las radios comunitarias en uno de sus estados miembros, pues antes se había limitado a abordar este asunto de manera exclusivamente regional.
El capítulo México de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos presentaron, en efecto, el caso mexicano, como un ejemplo paradigmático de violación a los derechos de libertad de expresión e información de su población más vulnerable.
Fue curioso que el gobierno no haya estado representado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que tradicionalmente se ha negado a conceder los permisos para que grupos ciudadanos operen las radios comunitarias, imponiéndoles condiciones inequitativas que no pueden cumplir, e incluso mandándolas clausurar y decomisando sus equipos. Sin embargo, el representante del gobierno, quien tampoco pertenece a la Secretaría de Gobernación, aceptó que en México las radios comunitarias no se encuentran consideradas en la normatividad oficial, a pesar de que su establecimiento y legalización es parte del reconocimiento de los derechos humanos.
No obstante que procuró inútilmente defender al gobierno, arguyendo falsamente que el malhadado decreto de octubre de 2002 recogía las posiciones de todos los actores sociales que participaron desde un año antes en la Mesa de Diálogo para la Reforma de los Medios de Comunicación Social Electrónicos -lo que sorprendió en primer lugar al relator especial de la CIDH sobre la libertad de expresión, que está perfectamente al tanto de ese asunto-, tuvo que admitir que en México es urgente una reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión, que sea acorde con las obligaciones internacionales contraídas por el Estado mexicano.
Fue curioso que en la mencionada sesión haya anunciado la voluntad del gobierno mexicano de conceder facultades a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con el fin de administrar algunos permisos y dotar de equipos a algunas comunidades indígenas para que pudieran hacer uso de radios comunitarias. Lo que en términos jurídicos no significa el reconocimiento pleno de los derechos humanos de esas comunidades, establecido en el artículo 2 de la Constitución, que a la letra consagra su derecho a "instalar, operar y administrar sus propios medios de comunicación". Además de que deja fuera del ejercicio de tales derechos a muchas otras comunidades campesinas y urbanas.
A pesar de que el gobierno se comprometió formalmente en esa misma ocasión a convocar cuanto antes a todos los actores concernidos para abordar este tema y hacer las adecuaciones necesarias a nuestro marco legal, hasta el momento no se ha tenido ningún resultado, y preocupa en cambio a las organizaciones civiles que se pretenda resolver el problema de la manera anunciada. Preocupa en efecto que el procedimiento administrativo para conceder esos permisos no sea público, claro y transparente. No están claros tampoco los mecanismos jurídicos en virtud de los cuales se propone que sea una dependencia gubernamental la que detenga los permisos oficiales, mientras una comunidad de ciudadanos sólo tenga derecho al usufructo. Pero sobre todo resulta inadmisible que sea el propio gobierno el que se conceda permisos a sí mismo, para que los ciudadanos puedan hacer uso de sus propios derechos, incumpliendo así las obligaciones del Estado.
Además de reconocer en forma acotada y hasta paternalista los derechos humanos, este hecho denota un desconocimiento y una falta de confianza en la responsabilidad de los propios ciudadanos, pues éstos por lo menos desde hace 38 años han venido dando pruebas de su capacidad de autogestión para operar sus propios medios.
En estas circunstancias, la posición de las organizaciones civiles de derechos humanos sigue siendo la que expresó en agosto pasado el relator especial de la CIDH para la libertad de expresión: "que el Estado mexicano, en su función de administrador de las ondas del espectro radioeléctrico, debería promover las reglamentaciones que permitan asignarlas de acuerdo con criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades a todos los individuos en el acceso a los mismos". Y lo que recomienda el Diagnóstico de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México, entregado al Ejecutivo federal el 8 de diciembre pasado: "establecer condiciones de equidad para que las radios comunitarias y ciudadanas acceden a las frecuencias para cumplir su función social".
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