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México D.F. Miércoles 11 de febrero de 2004

En marcha, el operativo contra cristalazos en zonas del Periférico

Entrarán los policías a vecindades al perseguir a presuntos delincuentes: Ebrard

SUSANA GONZALEZ G.

La nueva versión del operativo contra cristaleros que puso en marcha ayer el secretario de Seguridad Pública (SSP) del DF, Marcelo Ebrard, en Periférico y Circuito Interior, incluye la vigilancia en 51 vecindades aledañas, a las que los policías preventivos ingresarán sin orden de cateo o de aprehensión, cuando persigan a delincuentes sorprendidos en flagrancia.

El funcionario reiteró que quienes se dedican a asaltar a los automovilistas con el método del cristalazo "es claro que actúan sobre las bases de la impunidad. Ellos creen que su vecindad es su santuario y no se puede entrar. Ellos sí pueden salir, destruir los cristales, golpear a las personas, pero nosotros no podemos entrar a las vecindades porque šuy!, šno les vayamos a arruinar su morada!"

Así, los 500 policías preventivos que participan en el operativo -repartidos en parejas o en células de cuatro elementos en los 39 puentes peatonales de la zona, "para observar desde mejor posición cualquier movimiento", apoyados con vigilancia aérea- recibieron la orden de ir tras los asaltantes de automovilistas, aun cuando se refugien en las viviendas cercanas.

Ebrard justificó la incursión de los policías en los domicilios particulares con base en el artículo 267 del Código de Procedimientos Penales, referido a la flagrancia, por lo que "necesitamos que (el delito) haya ocurrido unos minutos antes, para seguirlos y poder entrar a las vecindades. La ley nos faculta a que, cuando se dé esta situación, pueda haber persecución". No descartó que haya quejas o denuncias por las detenciones que realice la policía dentro de las vecindades, "porque los delincuentes van a decir que hubo abuso de autoridad o robos de los policías".

Dicho artículo establece como delito flagrante cuando la persona es detenida en el momento de estarlo cometiendo, o bien cuando el inculpado es perseguido inmediatamente después de la ejecución del delito. Abunda que la flagrancia equiparada existe cuando la víctima o un testigo señalan al probable responsable del ilícito; se le encuentra algún objeto o producto del mismo y, en caso de tratarse de delito grave, que "no haya transcurrido un plazo de 72 horas desde la comisión de los hechos delictivos, se hubiera iniciado la averiguación previa y no se hubiese interrumpido la persecución del delito".

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