Reglamentan anticoncepción
de emergencia
Previene 52 mil embarazos al año
Estará disponible en centros de salud
La literatura científica considera que existe
un embarazo sólo cuando un óvulo fecundado se ha implantado
en el útero, lo que ocurre de cinco a siete días después
de la fecundación, por lo que la PAE no es un método abortivo.
Infórmate, es tu derecho.
Llama al 5523-2580
(línea de anticoncepción de emergencia).
Rocío Sánchez
Con casi cinco años de retraso, la Secretaría
de Salud (Ssa) incluyó finalmente la llamada anticoncepción
de emergencia (AE) en la Norma Oficial Mexicana de los Servicios de Planificación
Familiar (NOM-005-SSA2-1993). La nueva Norma, que reglamenta entre otros
métodos el manejo de la AE por parte del personal de salud pública,
debió haberse revisado y modificado en 1999, pero se publicó
apenas el pasado 21 de enero en el Diario Oficial de la Federación,
lo que generó, como se esperaba, encendidas polémicas y descalificaciones
por parte de los grupos conservadores encabezado por la jerarquía
de la Iglesia católica.
La "anticoncepción hormonal poscoito" (o píldora
del día siguiente, como se le conoce popularmente) quedó
definida de manera oficial como "un método que pueden utilizar las
mujeres en los tres días siguientes a un coito no protegido con
el fin de evitar un embarazo no planeado". Se indica que puede ser suministrado
a las mujeres en edad fértil, incluyendo a las adolescentes. El
método, que es el único disponible para prevenir un embarazo
después de una relación sexual, consiste en tomar dos dosis
altas de anticonceptivos orales comunes dentro de las 72 horas siguientes
al coito no protegido. Entre una y otra dosis se deben dejar pasar 12 horas.
La cantidad de píldoras depende de la concentración y la
combinación hormonal que tenga la marca que se utilice, y puede
ir de dos a 50 píldoras en total.
Elevar el nivel hormonal de la mujer puede inhibir la
ovulación, o bien, crear condiciones adversas para que se dé
la unión del óvulo y el espermatozoide. Estudios divulgados
en años recientes han demostrado que la anticoncepción de
emergencia no tiene ningún efecto cuando el óvulo ya ha sido
fecundado.
La doctora Raffaela Schiavon, directora general adjunta
del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, explicó
en entrevista a Letra S que la inclusión de la AE en la Norma
Oficial implica capacitar a las y los prestadores de servicios de salud
para que conozcan el método y puedan prescribirlo. Aclaró
que el método se suministrará utilizando los anticonceptivos
hormonales comunes disponibles en la Ssa, pues a pesar de que ya existen
en México productos específicos, como Vika y Postinor, falta
que sean incluidos en el cuadro básico de medicamentos.
No provoca abortos, los previene
Hasta antes de su inclusión en la NOM, sólo
las organizaciones civiles y privadas podían promover y ofrecer
su uso, ahora también podrán hacerlo las instituciones públicas
de salud. En México funciona una línea telefónica
de anticoncepción de emergencia desde 1999. De ese año al
2002 se recibieron 100 mil llamadas por año, explicó Guillermina
Mejía, consultora del Population Council, en entrevista con Letra
S. Si se considera que la AE reduce la posibilidad de embarazo hasta
en 89 por ciento, la experta calcula que se previnieron 52 mil embarazos
anuales.
Entre las reacciones contrarias a la nueva normatividad
en métodos de planificación familiar, el grupo Provida anunció
la distribución de 5 millones de folletos contra este método,
al que considera abortivo. Provida recibió en 2003 dos asignaciones
de 30 millones de pesos cada una, a través del Patrimonio de la
Beneficencia Pública, que depende de la Ssa. La dirigente del grupo,
Rocío Gálvez, informó que los trípticos --costeados
presuntamente con los mismos recursos que les dio la Ssa-- se están
repartiendo en escuelas, clínicas y parroquias para explicar "el
gran engaño" que representa la anticoncepción de emergencia.
La NOM especifica que "una vez establecido el embarazo,
(ese método) no es efectivo". Esto porque la mayoría de los
médicos definen el inicio del embarazo como la implantación
del óvulo fecundado en el útero. Paralelo a la prescripción
del método, continúa el texto, debe darse un "intenso proceso
de orientación y consejería" que explique a la usuaria que
no es conveniente utilizarlo en forma regular, pues su efectividad es mucho
menor (cerca de 70 por ciento) a la de los anticonceptivos orales usados
de manera convencional. Además, debe recordarse que este método
no protege de las infecciones de transmisión sexual, como el VIH/sida.
Luego de la consejería "el prestador de servicios se debe asegurar
que la usuaria entendió claramente el método y sus limitaciones",
establece la Norma.