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México D.F. Jueves 16 de octubre de 2003

Sólo mediante el incidente de no ejecución de sentencia atraería el caso Paraje San Juan

Desecharía la Corte segundo escrito del GDF contra juez

No tiene facultades para revisar la conducta de jueces federales, señalan fuentes de la SCJN

Dicha atribución es del Consejo de la Judicatura, dicen "Injustificados, ataques de la prensa"

JESUS ARANDA

Será mediante un "incidente de inejecución de sentencia" como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el controvertido caso relacionado con el predio Paraje San Juan, en Iztapalapa, sobre el que una juez resolvió que el Gobierno del Distrito Federal (GDF) debe indemnizar con mil 810 millones de pesos a un particular.

Fuentes del máximo tribunal explicaron lo anterior, y agregaron que, frente al inminente desechamiento del recurso que el jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, interpuso el martes pasado para que se integre una comisión que investigue presuntas irregularidades en el fallo de la juez octava B de distrito en materia administrativa, Gabriela Rolón, la Corte sí tendrá conocimiento del caso, pero por otra vía.

Es decir, en caso de que el asunto sea resuelto por un Tribunal Colegiado y ratifique la sentencia en contra del gobierno capitalino, y que López Obrador persista en su negativa a pagar la indemnización que reclama Enrique Arcipreste -quien aparece como dueño del predio citado-, entonces la juez que lleva el caso tendría que recurrir a la Corte por medio de un "incidente de inejecución de sentencia", con el objetivo de obligar al jefe de Gobierno a que realice el pago correspondiente, quien, de no hacerlo, podría ser destituido de su cargo y consignado penalmente ante el Ministerio Público Federal.

El asunto, explicaron las fuentes, es que una vez que el recurso llegue al máximo tribunal, los ministros tendrán que analizar otra vez todos los argumentos de la parte demandante y del gobierno capitalino, incluida la documentación que, de acuerdo con López Obrador, fue falsificada o alterada.

Funcionarios de primer nivel de la SCJN señalaron que es previsible un nuevo desechamiento, por "notoriamente improcedente", del recurso solicitado originalmente por López Obrador, quien con base en el artículo 97 constitucional pretende que la Corte forme una comisión que investigue las violaciones graves a las garantías de los habitantes de la ciudad.

Luego de quejarse de que los medios de información atacan "injustamente" a la Corte por su negativa a investigar, los entrevistados explicaron que el artículo 97 constitucional es muy preciso al señalar que los únicos facultados para hacer una petición semejante al máximo tribunal son: el Presidente de la República, los gobernadores de los estados, así como el Congreso de la Unión y los congresos estatales.

Además, comentaron, la Suprema Corte no está facultada constitucionalmente para revisar la conducta de los jueces federales, ya que esa atribución corresponde exclusivamente al Consejo de la Judicatura Federal, por lo que la petición de López Obrador resulta también fuera de lugar.

-Entonces, Ƒcómo la Corte conoce de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en las que el jefe de Gobierno es parte?

-El artículo 105 constitucional establece que "corresponde sólo a la Suprema Corte conocer de las controversias que se susciten entre dos o más estados; entre uno o dos estados, y el Distrito Federal..."

Por otra parte, trascendió que la Corte prepara una serie de pronunciamientos relacionados con otros incidentes de inejecución de sentencia que tiene pendientes el gobierno capitalino, entre los que destaca el del predio que ocupa la Escuela Nacional de Antropología e Historia.

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